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  • NO ACOMPAÑAR TITULO HACE PELIGRAR JUICIO??? AYUDAAA

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 #977521  por analia1985
 
Estiamdos Colegas: me pasó algo vergonzoso, inicié mi primer demanda de ds y ps. por un accidente (lesiones en el vehiculo nada mas) el tema es que olvide acreditar que mi cliente es el titular del vehiculo en cuestion, es decirm que no acompañé cedula verde o titulo. Corri traslado, dos demandados me contestaron y obviamente la compañia de seguros dice que no acredite en que calidad reclamo pues no acompañe docuemental que acredite la titularidad. Les cuento hoy vi las dos cotestaciones, acompañe la cedula ley y estoy esperando que me corran traslado. El tema es que esta abogada de la compañia de seguros dice que no acredite la titularidad pero no planteo ninguna excepcion ni nada. Voy acompañar copia de titulo y cedula verde al contestar el traslado de ellos aunque obviamente me van a decir que es extemporaneo. MI temos: puede caerse el juicio por no haber acompañado la documentacion que acredite que mi cliente es titular del vehiculo embestido?????? Buscare jurisprudencia por las dudas. Desde ya muchas gracias por sus opiniones!!! *leo*
 #977663  por andresxeneizes
 
yo en lugar de acompañar el titulo, pediria que en virtud de la excepcion planteada por la demandada al decir que no era el titular del vehiculo, prueba informativa al registro automotor, esto quiza puede pasar mejor que nueva documentacion
 #977684  por flux
 
Para mi si no planteo una excepcion safaste al menos de un rechazo inmediato de la accion si basaste el reclamo en que el es dueño (aunque te quedarian los daños fisicos que el conductor hubiera sufrido si los hubiera)

Pero no se me ocurre como podrias plantear la introduccion de la cedula en lo referido a la titularidad de la persona, si llegaste a pedir un oficio al registro de la propiedad automotor safaste porque ahi quedaria probado

La otra es la que te dicen antes, contesta la excepcion (aunque no te lo haya planteado como tal) y pedi que te permitan producir prueba relativa a la excepcion y ahi metes el oficio (el CPCC lo prevee, que se puede ampliar prueba relativa a la contestacion de una excepcion, aunque los juzgados son muy putos y no siempre te la dejan pasar asi nomas, sobre todo cuando es prueba que se consideraria que tenias que haber agregado en la demanda porque hace a la accion principal, a mi una vez con este verso de amplio la prueba por la excepcion planteada me dejaron meter dos testimoniales que no habia pedido originalmente, pero fue de puro culo que me dejaran y la otra parte no se diera cuenta y rompiera todo)
 #977898  por drparedescorrea
 
Yo te diria que la mejor opcion es la que propuso el colega de arriba , es decir que contestes como una excepcion y pidas una informativa al registro dle automotor, porque si esperas 3 años hasta que que salga el juicio podes perder mucho mas tiempo valioso de lo que crees y encima se te va a prescribir la accion, en todo caso te deberían de haber planteado la falta de legitimacion activa para estar en el proceso. que otra prueba acompañaste? de las que acompañaste hay forma que hayas pedido una informativa? si pediste la informativa no te hagas drama, sino la pediste empeza a formar el incidente y de ultima si sale en contra la volves a entablar, estas a tiempo, acordate que la accion prescribe a los 2 años desde la fecha del siniestro
 #978621  por analia1985
 
A todos los que me responideron infinitas gracias!!!!!!!! En cuanto a lo que reclame es solo daño material, no hay lesiones. Por otro lado no pedi en la informativa oficio al registro.Acompañe denuncia de siniestro de mi cliente, certificado de cobertura del automotor (todo a nombre de mi cleinte obviamente) eso no bastaría para acreditar la titularidad, se que no es lo mismo que acompañar el titulo. No me quedo en claro bien, entonces dicen que conteste como una excepción y pida prueba informativa?? Ah otro dato, tengo dos compañias de seguros,falta que conteste la otra por lo que no se si esa no opondra la excepcion, esta compañia que contesto NO la opuso. Y si sale mal, me dicen que inicie la demanda de nuevo no??? El accidente ocurrio el 1/9/2012, estoy a salvo por ese lado. Ay que horror el mio!!!Gracias colegas *suerte*
 #978631  por andresxeneizes
 
analia1985 escribió:Acompañe denuncia de siniestro de mi cliente, certificado de cobertura del automotor (todo a nombre de mi cleinte obviamente) eso no bastaría para acreditar la titularidad, se que no es lo mismo que acompañar el titulo.
el tema es que si la otra parte desconocio esta documentacion tampoco tenes informativa a tu seguro para acreditar que ese certificado de cobertura es verdadero
analia1985 escribió: No me quedo en claro bien, entonces dicen que conteste como una excepción y pida prueba informativa??
si, pero espera a que conteste el otro seguro, ya que quiza te lo mete el otro seguro como excepcion y ahi ofreces la prueba informativa como se debe y no por la ventana como te dijimos al principio
 #978637  por analia1985
 
Ah entiendo, entonces no retiro las copias de las dos contestaciones de demanda hasta que no conteste la otra compañia, cuando lo haga retiro todas las contestaciones juntas y ahi pido el oficio al Registro delAutomotor. Andres millones millones millones gracias, posteare despues para contarles como me fue. Me ayudaron muchisimo! Infinitas gracias!!!!!!!!!!!! *suerte*
 #978643  por andresxeneizes
 
analia1985 escribió:Ah entiendo, entonces no retiro las copias de las dos contestaciones de demanda hasta que no conteste la otra compañia, cuando lo haga retiro todas las contestaciones juntas y ahi pido el oficio al Registro delAutomotor.
exacto
 #979451  por analia1985
 
Colegas van a matarme pero sigo quemandome las neuronas con este tema, y me surgio la siguiente duda: al no haberme opuesto excepcion falta leg activa los codemandados al no haber acreditado la titularidad de mi cliente, no buscan asi imposibilitarme de que de alguna manera incorpore la documentacion? Es decir, al oponermelo como excepcion yo podria ofrecer prueba como me lo dijeron los colegas arriba y acreditar la titularidad. En el proveido que me corren traslado dice a los fines de expedirse unicamente sobre la autenticidad de la prueba acompañda (la cual debo reconocer porque es poliza y demas) es decir, no estoy mas en el horno al no tener la posibilidad de ofrecer prueba contestando una excepcion. Si contesto como excepcion (lo cual no la hay) no corro mas peligro que me desestimen el pedido de oficio al reg prop automotor. Ay mil perdones pero esto me tiene loca. Se que me dijeron que espere que contesten todos, pero al sacar cedula para un codemandado (ordenamiento en el mismo prov que se me corre traslado) al trasncribir una parte del proveido no me tendran por notificada???? Estoy llendome por las ramas??? Gracias desde ya!!
 #979456  por andresxeneizes
 
Colegas van a matarme pero sigo quemandome las neuronas con este tema, y me surgio la siguiente duda: al no haberme opuesto excepcion falta leg activa los codemandados al no haber acreditado la titularidad de mi cliente, no buscan asi imposibilitarme de que de alguna manera incorpore la documentacion?

a ver aca hay una trampita de la otra parte al no oponerlo como excepcion, es decir no poner en el escrito la palabra o el titulo excepcion para que no puedas ofrecer prueba al respecto.

por eso te decia que cuando contestes vos, hagas alusion a que la parte mas alla que no dijo la palabra excepcion, la opuso al decir que tu cliente no era el titular del vehiculo y que por haberla opuesto vos ofrecias la prueba informativa al respecto, lo que en criollo se llama meter una prueba por la ventana.
Si contesto como excepcion (lo cual no la hay) no corro mas peligro que me desestimen el pedido de oficio al reg prop automotor.

sino lo contestas como excepcion no podes pedir siquiera la prueba el reg automotor, es decir el no ya lo tenes.
Se que me dijeron que espere que contesten todos, pero al sacar cedula para un codemandado (ordenamiento en el mismo prov que se me corre traslado) al trasncribir una parte del proveido no me tendran por notificada????
el tema es que esperes a que contesten todos porque si uno se manda diciendo la palabra EXCEPCION, hizo cagar al resto, ya que eso a vos te habilitaria a pedir la informativa.

yo entiendo que no te notificas si no transcribis la parte en la cual te tenes que notificar vos, igual el demandado no va a ir a decir nada ya que va a esperar los 6 meses para acusarte la caducidad, y si te tienen por no contestado el traslado tampoco perderias mucho.

en cambio si contestas el traslado y el que falta a contestar demanda lo ve, va a ver que vos estas intentando meter la informativa por la ventana y se va a cuidar de no poner la palabra excepcion, y si vos no contestas el traslado quiza se manda la macana y te opone la excepcion de falta de legitimacion activa y te hace zafar
 #979477  por CHAPU
 
TODOS PIENSAN alrededor de LA TITULARIDAD del damnificado. Digo: y de las demás pruebas no surge o surgiría tal omisión?.. Hay otras constancias que prueban indirectamente. El seguro dice mucho cuando asegura un vehiculo y aca seguramente se menciona al damnificado como DUEÑO. Y los testigos? y la confesional. Esta bueno que intente meter la informativa en el responde.