Buenas tardes colegas.
Soy una novel abogada
Un cliente me ha consultado sobre la posibilidad de sacar a sus empleados el teléfono celular en horario de trabajo y devolvérselo en la hora de descanso y a la salida del trabajo, ya que debido a la naturaleza del trabajo que desempeñan -instructores de conducción- se hace incompatible el uso de este dispositivo con la enseñanza a bordo de los automóviles de aprendizaje.
Yo le he dicho que esta medida puede resultar confiscatoria de la propiedad privada y en su reemplazo le he aconsejado aplicar sanciones disciplinarias para que empiecen a quedar registradas las faltas y posteriormente si es el caso se puedan aplicar medidas de creciente gravedad. Se notifico a los empleados de la prohibición y de las consecuencias de faltar a la misma pero han hecho caso omiso.
Les agradecería una orientación acerca de este tema ¿En que sentido se debería proceder legalmente?
Muchas gracias!
Soy una novel abogada
Un cliente me ha consultado sobre la posibilidad de sacar a sus empleados el teléfono celular en horario de trabajo y devolvérselo en la hora de descanso y a la salida del trabajo, ya que debido a la naturaleza del trabajo que desempeñan -instructores de conducción- se hace incompatible el uso de este dispositivo con la enseñanza a bordo de los automóviles de aprendizaje.
Yo le he dicho que esta medida puede resultar confiscatoria de la propiedad privada y en su reemplazo le he aconsejado aplicar sanciones disciplinarias para que empiecen a quedar registradas las faltas y posteriormente si es el caso se puedan aplicar medidas de creciente gravedad. Se notifico a los empleados de la prohibición y de las consecuencias de faltar a la misma pero han hecho caso omiso.
Les agradecería una orientación acerca de este tema ¿En que sentido se debería proceder legalmente?
Muchas gracias!