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  • SUCESIONES - DECLARACION DE BIENES

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 #979155  por beaben
 
Hola una pregunta, al momento de iniciar la demanda
tengo que incluir todos los bienes del causante si o si
o puedo declarar solo 1, asi obtengo la declaratoria de herederos
y despues asi con esa declaratoria podes vender el resto de los bienes
gracias
 #979361  por abogado_1987
 
beaben escribió:Hola una pregunta, al momento de iniciar la demanda
tengo que incluir todos los bienes del causante si o si
o puedo declarar solo 1, ...
tené presente que

“Buenos Aires, de mayo de 2011.
AUTOS Y VISTOS: Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-
En atención a lo que resulta de la documentación acompañada y
lo dispuesto por el art. 699 del Codigo Procesal, encontrándose
comprobada la defunción ... , declárase abierto su juicio
sucesorio Ab-intestato", debiéndose publicar edictos por tres días en el
Boletín Oficial, citando a sus herederos y acreedores por el plazo de
treinta días a los efectos de que hagan valer sus derechos.-
Hágase saber que en caso de denunciarse otros bienes integrante del
acervo hereditario
se fijará otro diario a los fines de publicar edictos
y
de cumplir con lo dispuesto por el art. 699, 2do. párrafo del Código
Procesal ... “
 #979395  por eduferry
 
En principio no es necesario denunciar todos los bienes y el ejemplo anterior radica en que el codigo de procedimientos, en caso de pocos bienes o escaso valor, permite la publicación solamente en el BORA, debiéndose publicar también en otro díario cuando hay mas bienes.
Podés denunciarlos en la etapa de inscripción de la DH y yo te sugiero adjuntar copia certificada del título, evitas peligro de pérdida y luego el trámite del desgloce.
 #979417  por pkp14
 
no es necesario denunciar bienes en el escrito inicial , podes hacerlo al momento de inscribir la DH
suerte
 #979455  por Doctomasito
 
Hola. Aprovecho este hilo, sumándome en lo referente a lo que pregunta el colega, a las respuestas dadas por los preopinantes, para plantear un tema conexo . Teniendo en cuenta que :
1) No es necesario denunciar TODOS los bienes ; es más, ni siquiera en necesario denunciar UN bien, por más que se conozca su existencia.
beaben escribió:o puedo declarar solo 1, asi obtengo la declaratoria de herederos
Vos lo hacés porque creés que sí ?. Yendo más lejos, por más que no sea lo habitual, los futuros herederos pueden desconocer la existencia de bienes al iniciar el sucesori.
2) A los efectos de pactar honorarios al abogado sí le importa el valor del acervo, pero no se puede hacer pesar sobre él la carga de tener que averiguarlo, no ?
Entonces, supongamos : escrito de inicio con 1 bien denunciado + convenio de honorarios ( que se supone pactado, por parte del letrado , de acuerdo con el acervo denunciado ). Sucesión terminada, D.H inscripta con relación a ese bien, honorarios pagados......Después los herederos denuncian la existencia de otros bienes : está claro que el letrado que la inició tiene derecho a solicitar regulación sobre esto. La pregunta : es suficiente, en caso de litigio con el cliente, lo marcado con azul ? A mi me parece que sí. Muchas gracias.
 #979462  por abogado_1987
 
en caso de omitir denunciar bienes en el escrito de inicio
el jugado generalmente ordena
“Lomas de Zamora, de de . Por presentado, parte y constituido el domicilio legal indicado. Siendo el presente un proceso de neto contenido patrimonial, previo a todo trámite, deberá denunciarse el haber hereditario del presente sucesorio (conf. C.L. Plata Sala II, 12, 44 U 37694) con su resultado y a petición de parte se proveerá. ... JUEZ “
 #979463  por abogado_1987
 
abogado_1987 escribió:en caso de omitir denunciar bienes en el escrito de inicio
el jugado generalmente ordena
“Lomas de Zamora, de de . Por presentado, parte y constituido el domicilio legal indicado. Siendo el presente un proceso de neto contenido patrimonial, previo a todo trámite, deberá denunciarse el haber hereditario del presente sucesorio (conf. C.L. Plata Sala II, 12, 44 U 37694) con su resultado y a petición de parte se proveerá. ... JUEZ “
abogado_1987 escribió:en caso de omitir denunciar bienes en el escrito de inicio
el juzgado generalmente ordena
“Lomas de Zamora, de de . Por presentado, parte y constituido el domicilio legal indicado. Siendo el presente un proceso de neto contenido patrimonial, previo a todo trámite, deberá denunciarse el haber hereditario del presente sucesorio (conf. C.L. Plata Sala II, 12, 44 U 37694) con su resultado y a petición de parte se proveerá. ... JUEZ “
volvé Edit :mrgreen:
 #979467  por Doctomasito
 
Ok, abogado1987, pero si siguiendo este criterio no se podría denunciar parcialmente, como las anteriores respuestas están CONTESTES ( siempre quise meter esta palabrita ! :mrgreen: )en afirmar ; porque si de algún lado surge esta obligación ( de dónde ?), debería serlo por el todo, y entonces,, en caso de incumplimiento, tendría que haber un procedimiento para poder establecer si los peticionantes lo conocen o no....O el criterio es :" por lo menos, denuncien algo " :lol: ? Saludos.
 #979797  por abogado_1987
 
Doctomasito escribió:Ok, abogado1987, pero si siguiendo este criterio no se podría denunciar parcialmente, como las anteriores respuestas están CONTESTES ( siempre quise meter esta palabrita ! :mrgreen: )en afirmar ; porque si de algún lado surge esta obligación ( de dónde ?), debería serlo por el todo, y entonces,, en caso de incumplimiento, tendría que haber un procedimiento para poder establecer si los peticionantes lo conocen o no....O el criterio es :" por lo menos, denuncien algo " :lol: ? Saludos.
En el escrito de inicio incluyo aquellos bienes que denuncian los herederos
como pertenecientes al acervo sucesorio.

En la etapa de inscripción de la DH
los herederos decidirán que bienes inscribir ...