Hola. Mi cliente tiene 63 años y tiene los 30 años de aportes en relación de dependencia. Le llegó telegrama de despido. Ahora, puede iniciar la jubilación antes de cumplir los 65 años?
leandroM escribió:Cómo sería el trámite por desempleo? gracias SofíaHola, entra a esta pagina
leandroM escribió:Hola. Mi cliente tiene 63 años y tiene los 30 años de aportes en relación de dependencia. Le llegó telegrama de despido. Ahora, puede iniciar la jubilación antes de cumplir los 65 años?
leandroM escribió:Gracias. Entonces aunque tenga los 30 años de aportes pero tenga solo 63 años, no podría iniciar su jubilación? graciasno puedo creer lo que leo vaya a darle una leida urgente a la ley antes de venir a preguntar semejante burrada, hay que ser muy caradura y sinverguenza para preguntar algo tan basico. deje de estafar a ese pobre cliente, derivelo al estudio de un abogado que sepa de derecho previsional
zaffaroni escribió:Disculpá sabelotodo...son confirmaciones y se consulta a colegas bien intencionados que se dediquen a la cuestión. Yo me dedico a otra rama completamente distinta. Seguramente voy a derivar el caso, pero yo quiero asesorarme también. Qué tiene de malo? la cuestión es básica y también muy actualizable, pues hace un tiempo existía la jubilación anticipada. Por eso consulté. Si considera básica mi consulta, no se ponga nervioso y dedique su tiempo a "responder" consultas más interesantes. Recalco su amabilidad y respeto en su forma de dirigirse hacia mi.leandroM escribió:Hola. Mi cliente tiene 63 años y tiene los 30 años de aportes en relación de dependencia. Le llegó telegrama de despido. Ahora, puede iniciar la jubilación antes de cumplir los 65 años?leandroM escribió:Gracias. Entonces aunque tenga los 30 años de aportes pero tenga solo 63 años, no podría iniciar su jubilación? graciasno puedo creer lo que leo vaya a darle una leida urgente a la ley antes de venir a preguntar semejante burrada, hay que ser muy caradura y sinverguenza para preguntar algo tan basico. deje de estafar a ese pobre cliente, derivelo al estudio de un abogado que sepa de derecho previsional