Buenos días colegas:
Necesito su sabio consejo en un tema que me está poniendo los pelos de punta.
Existía una SH entre 2 personas, una de ellas fallece y lo heredan la cónyuge y su madre. Ahora bien, el socio vivo, por una cuestión moral desea "comprar" la parte que el difunto tenía en la sociedad. No hay nada escrito sobre los porcentajes de participación. El socio y la conyuge ya se pusieron de acuerdo sobre el tema dinerario y la otra heredera (una persona muy mayor) no quiere nada del negocio.
Solicito su amable colaboración para guiarme en la mejor manera de plasmar la "compra" de esa participación, ya que el socio quiere tener un contrato escrito por tranquilidad.
Se me ocurrió elaborarles un convenio de liquidación de participación social, por llamarlo de algún modo y darle un marco contractual. No es una compraventa porque no se vende nada. Y por la sucesión no pasaría porque al no haber inscripción en los registros, no existe sociedad y por tanto no hay nada para denunciar en el acervo.
¿Tienen alguna otra idea más viable? La verdad no se muy bien como encararlo... y el abogado de la contraparte tampoco tiene mucha idea, puesto que ya hablé con él y me tiró la pelota a mi de ir armando algo y pulirlo
Necesito su sabio consejo en un tema que me está poniendo los pelos de punta.
Existía una SH entre 2 personas, una de ellas fallece y lo heredan la cónyuge y su madre. Ahora bien, el socio vivo, por una cuestión moral desea "comprar" la parte que el difunto tenía en la sociedad. No hay nada escrito sobre los porcentajes de participación. El socio y la conyuge ya se pusieron de acuerdo sobre el tema dinerario y la otra heredera (una persona muy mayor) no quiere nada del negocio.
Solicito su amable colaboración para guiarme en la mejor manera de plasmar la "compra" de esa participación, ya que el socio quiere tener un contrato escrito por tranquilidad.
Se me ocurrió elaborarles un convenio de liquidación de participación social, por llamarlo de algún modo y darle un marco contractual. No es una compraventa porque no se vende nada. Y por la sucesión no pasaría porque al no haber inscripción en los registros, no existe sociedad y por tanto no hay nada para denunciar en el acervo.
¿Tienen alguna otra idea más viable? La verdad no se muy bien como encararlo... y el abogado de la contraparte tampoco tiene mucha idea, puesto que ya hablé con él y me tiró la pelota a mi de ir armando algo y pulirlo
