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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #979270  por andressk
 
Hola antes que nada buenas noches, quiero hacerles una consulta soy abogado recién recibido (hace 2 meses), tengo una amiga de mi novia que laburo 5 años y medio en un local la cuestión es que entro en febrero de 2008 estuvo en negro hasta octubre de 2010 que la blanquearon parcialmente la mitad de horas. El tema es que tuvo problemas con el empleador porque ella quería que la blanqueen pero quiere irse ya yo le dije que había que intimar pero el empleador como sabe que se quiere ir le ofreció pagarle la indemnización que le corresponde como si hubiera estado en blanco es decir a ella en el recibo le figuran 2600 y ella cobra en mano 5400 pasado a bruto da aprox 65000 que es lo que le ofrecieron. Claro que ademas están las multas, las horas extras y seguro la estrella ya que es de comercio. pero ella se quiere ir ya le dije de intimar pero no quiere esperar por lo que mis consultas son.
Si renuncia puede reclamar los aportes que no se hicieron (multas) y puede reclamar por seguro la estrella ?
Desde ya muy agradecido a todos

ANDRES
 #979710  por maurodls
 
Que cobre los 65000 y se deje de joder.
Cobrale 5000 por gestion y asesoramiento y todos felices
Si el empleador tiene voluntad de pago no veo razon para hacer juicio.
 #980245  por jovenabogada23
 
maurodls escribió:Que cobre los 65000 y se deje de joder.
Cobrale 5000 por gestion y asesoramiento y todos felices
Si el empleador tiene voluntad de pago no veo razon para hacer juicio.
coincidooo :lol: :lol: :lol: :lol:
 #980394  por LAUBOG
 
coincido! que agarre lo que le están ofreciendo. No estuvo mal en consultarte, para saber si estaba muy fuera de la realidad la oferta, pero ya esta!

Me quedé dando vueltas con el tema del Seguro la estrella para empleados de comercio... como me dormí! que es eso? nunca lo reclame... ouch! Me cuentan? justo tengo una dda para presentar y por carta documento no lo reclame... Como se cobra? a la aseguradora por separado? tipo seguro de desempleo? Gracias!
 #981079  por andressk
 
LAUBOG escribió:coincido! que agarre lo que le están ofreciendo. No estuvo mal en consultarte, para saber si estaba muy fuera de la realidad la oferta, pero ya esta!

Me quedé dando vueltas con el tema del Seguro la estrella para empleados de comercio... como me dormí! que es eso? nunca lo reclame... ouch! Me cuentan? justo tengo una dda para presentar y por carta documento no lo reclame... Como se cobra? a la aseguradora por separado? tipo seguro de desempleo? Gracias!
Hola bueno al final el empleador quiso pagarle los 65000 en cuotas mediante acuerdo del SECOSE y que a el abogado de ella le pague ella. Dicho esto de los 65000 10% abogado quedan 58500 y en 6 cuotas con la inflacion como esta sera 12% menos con lo que le quedarian poco mas de 50000. por lo que al final intimamos al blanqueo. Desde ya gracias a todos

Por otro ladoen respuesta a LAUBOG el seguro de La Estrella es un aporte que el empleador realiza todos los meses en Seguros La Estrella SA, el cual no es descontado del sueldo por lo que no figura ni debe figurar en el mismo, sino que es depositado aparte.
Lo podés cobrar una vez que renuncias, te despiden o te jubilás siempre y cuando hayas sido empleado de comercio.

Quien sea cambiado a otro Convenio Colectivo de Trabajo también está habilitado a percibir las sumas que le hayan depositado mientras perteneció a empleados de comercio. Para ello deberá presentarse con el último recibo de sueldo en el que figure cono Convenio Colectivo aplicable el 130/75.

El aporte es del 3,50% , de ese aporte al sistema de La Estrella se destina en un 50% a la cuenta del trabajador y el otro 50% a financiar el sistema.
Dicho esto, en caso que el empleador (cosa muy común por cierto) no efectuara los aportes correspondientes, el empleado se encuentra facultado a reclamar el ingreso de los mismos.

EL MODELO DE INTIMACIÓN ES EL SIGUIENTE:
Modelo de intimación:
“Intímole inmediato pago de los aportes (faltantes) a su cargo, correspondientes al seguro de retiro complementario (3.50%), desde —————-a—————— inclusive, correspondientes al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75, suscripto conforme Resoluciones Nº 4.701/91 ( D.N.R.T.) y 5.883/91 (M.T.S.S.).
A tal efecto deberán uds. realizar los correspondientes aportes a La Estrella Cia. de Seguros de Retiro, así como la presetnación de declaraciones juradas mensuales a la misma. Caso contrario accionaré judicialmente.”

Saludos
 #981086  por TORDO
 
coincidencia total.- caso cerrado.-