Doc 1987...necesito tu ayuda. Tengo ratificada la cesión de derechos en un sucesorio en San Martín. El proveído decía:
"En consecuencia, en atención al estado de autos y acompañados los certificados de dominio y libre inhibición del causante, por cumplido con la tributación de la tasa y sobretasa de Justicia;
······RESUELVO: Ordenar la inscripción de la declaratoria de herederos dictada en autos a fs. 53, en relación al bien de que da cuenta el certificado de dominio de fs. 54/6. A tal fin líbrese el oficio correspondiente, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 21 de la ley 6716 y del impuesto sobre los ingresos brutos (art. 155 D.N. "B" 1/95 de la D.P.R.), a cuyo efecto y en mérito de lo manifestado en el punto 6 de la presentación a despacho, tiénese presente la renuncia formulada (art. 21 in fine de la Ley 6716). REGISTRESE. NOTIFIQUESE.-
Agreguese la documentación acompañada.-
Téngase presente lo manifestado en la pieza de fs. 63 y cítese a sus presentantes a primera audiencia a fin de ratificar ante el Actuario las firmas alli insertas (xxxxxxxxxxxxxx "xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx").-
Fecho, póngase de manifiesto el acuerdo particionario al que se ha arribado por el término de diez días en los términos del art. 766 del CPCC. NOTIFIQUESE.-
Asimismo, hágase saber a los peticionantes que deberán adunar certificado de inhibiciones de xx y xxx expedido por el Registro de la Propiedad inmueble de la Provincia de Buenos Aires.-
En consecuencia, en atención al estado de autos y acompañados los certificados de dominio y libre inhibición del causante, por cumplido con la tributación de la tasa y sobretasa de Justicia;
······RESUELVO: Ordenar la inscripción de la declaratoria de herederos dictada en autos a fs. 53, en relación al bien de que da cuenta el certificado de dominio de fs. 54/6. A tal fin líbrese el oficio correspondiente, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 21 de la ley 6716 y del impuesto sobre los ingresos brutos (art. 155 D.N. "B" 1/95 de la D.P.R.), a cuyo efecto y en mérito de lo manifestado en el punto 6 de la presentación a despacho, tiénese presente la renuncia formulada (art. 21 in fine de la Ley 6716). REGISTRESE. NOTIFIQUESE.-
Agreguese la documentación acompañada.-
Téngase presente lo manifestado en la pieza de fs. 63 y cítese a sus presentantes a primera audiencia a fin de ratificar ante el Actuario las firmas alli insertas (xxxxxxxxxxxxxxxxxx manife s/ sucesion ab intestato").-
Fecho, póngase de manifiesto el acuerdo particionario al que se ha arribado por el término de diez días en los términos del art. 766 del CPCC. NOTIFIQUESE.-
Asimismo, hágase saber a los peticionantes que deberán adunar certificado de inhibiciones de xxx , Cxxx y Mxxxxxx expedido por el Registro de la Propiedad inmueble de la Provincia de Buenos Aires.-
Ahora bien, pasaron los 10 días de haberse ratificado las firmas de la cesión de derechos que fue el 31/7. Debo presentar directamente el testimonio y oficio con las inhibiciones, o presento las inhibiciones y pido que se ordene la inscripción de la cesión?.Entiendo que hasta acá, tengo ordenada la declaratoria pero no de la cesión porque aún no estaba ratificada..
"En consecuencia, en atención al estado de autos y acompañados los certificados de dominio y libre inhibición del causante, por cumplido con la tributación de la tasa y sobretasa de Justicia;
······RESUELVO: Ordenar la inscripción de la declaratoria de herederos dictada en autos a fs. 53, en relación al bien de que da cuenta el certificado de dominio de fs. 54/6. A tal fin líbrese el oficio correspondiente, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 21 de la ley 6716 y del impuesto sobre los ingresos brutos (art. 155 D.N. "B" 1/95 de la D.P.R.), a cuyo efecto y en mérito de lo manifestado en el punto 6 de la presentación a despacho, tiénese presente la renuncia formulada (art. 21 in fine de la Ley 6716). REGISTRESE. NOTIFIQUESE.-
Agreguese la documentación acompañada.-
Téngase presente lo manifestado en la pieza de fs. 63 y cítese a sus presentantes a primera audiencia a fin de ratificar ante el Actuario las firmas alli insertas (xxxxxxxxxxxxxx "xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx").-
Fecho, póngase de manifiesto el acuerdo particionario al que se ha arribado por el término de diez días en los términos del art. 766 del CPCC. NOTIFIQUESE.-
Asimismo, hágase saber a los peticionantes que deberán adunar certificado de inhibiciones de xx y xxx expedido por el Registro de la Propiedad inmueble de la Provincia de Buenos Aires.-
En consecuencia, en atención al estado de autos y acompañados los certificados de dominio y libre inhibición del causante, por cumplido con la tributación de la tasa y sobretasa de Justicia;
······RESUELVO: Ordenar la inscripción de la declaratoria de herederos dictada en autos a fs. 53, en relación al bien de que da cuenta el certificado de dominio de fs. 54/6. A tal fin líbrese el oficio correspondiente, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 21 de la ley 6716 y del impuesto sobre los ingresos brutos (art. 155 D.N. "B" 1/95 de la D.P.R.), a cuyo efecto y en mérito de lo manifestado en el punto 6 de la presentación a despacho, tiénese presente la renuncia formulada (art. 21 in fine de la Ley 6716). REGISTRESE. NOTIFIQUESE.-
Agreguese la documentación acompañada.-
Téngase presente lo manifestado en la pieza de fs. 63 y cítese a sus presentantes a primera audiencia a fin de ratificar ante el Actuario las firmas alli insertas (xxxxxxxxxxxxxxxxxx manife s/ sucesion ab intestato").-
Fecho, póngase de manifiesto el acuerdo particionario al que se ha arribado por el término de diez días en los términos del art. 766 del CPCC. NOTIFIQUESE.-
Asimismo, hágase saber a los peticionantes que deberán adunar certificado de inhibiciones de xxx , Cxxx y Mxxxxxx expedido por el Registro de la Propiedad inmueble de la Provincia de Buenos Aires.-
Ahora bien, pasaron los 10 días de haberse ratificado las firmas de la cesión de derechos que fue el 31/7. Debo presentar directamente el testimonio y oficio con las inhibiciones, o presento las inhibiciones y pido que se ordene la inscripción de la cesión?.Entiendo que hasta acá, tengo ordenada la declaratoria pero no de la cesión porque aún no estaba ratificada..
