Hola colegas, tengo una duda mas en mi primer sucesión (CABA).
En 1990 se dicto la declaratoria de herederos la cual fue inscripta.
Reabro el Expediente porque aparece un nuevo inmueble. Hay 4 herederos y uno (mediante acuerdo que consta en el expediente) le compró su parte a los otros 3
Ahora el juez ordena inscripción nuevamente. Mi duda es: la inscripción de la declaratoria sobre este bien va a nombre de los 4 o solo de mi cliente que compró la parte de todos??
No entiendo bien si una cosa es la inscripción de la declaratoria y otra del bien propiamente dicho o es todo lo mismo. Debería haber pedido tracto abreviado en este supuesto??
No se si metí la pata... que difícil el comienzo de esta profesión cuando no tenés conocidos que te guíen....
En 1990 se dicto la declaratoria de herederos la cual fue inscripta.
Reabro el Expediente porque aparece un nuevo inmueble. Hay 4 herederos y uno (mediante acuerdo que consta en el expediente) le compró su parte a los otros 3
Ahora el juez ordena inscripción nuevamente. Mi duda es: la inscripción de la declaratoria sobre este bien va a nombre de los 4 o solo de mi cliente que compró la parte de todos??
No entiendo bien si una cosa es la inscripción de la declaratoria y otra del bien propiamente dicho o es todo lo mismo. Debería haber pedido tracto abreviado en este supuesto??
No se si metí la pata... que difícil el comienzo de esta profesión cuando no tenés conocidos que te guíen....