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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #984750  por Camarista41
 
Buenas tardes estimados compañeros del foro. Quisiera consultarles respecto a este caso que me ha llegado. Se trata de una señora que presento el tramite jubilatorio pero fue denegado por la 884. Esto fue en 2011. En ese momento para completar los 30 años le compraron 5 meses de SDM. Ahora esos meses no son necesarios ya que con el exceso de edad cumple acabadamente los requisitos de la 24241. La pregunta es si conforme la resolucion 71/11 puedo desconocer esos periodos en la SPP, y lo mas importante si al desconocerlos puedo aplicar DDJJ art 3 ley 24476, o si para poder aplicar la DDJJ debo concurrir a afip y solicitar que se desconozcan estos pagos. De antemano gracias por la ayuda, saludos a todos
 #984768  por draprevibai
 
Hola: No aclaras si los pagos de SDM fueron rechazados, en ese caso lo incluis en la deuda ya que te lo exigen, pero no te los toman. Si no podes optar por declararlos y al no presentar documentación referente a dichos períodos te los desestiman. O bien procedé conforme la circular 22 /13, no se desafecta directamente del CCMA, sino con 206 en Afip.
 #984803  por Camarista41
 
draprevibai escribió:Hola: No aclaras si los pagos de SDM fueron rechazados, en ese caso lo incluis en la deuda ya que te lo exigen, pero no te los toman. Si no podes optar por declararlos y al no presentar documentación referente a dichos períodos te los desestiman. O bien procedé conforme la circular 22 /13, no se desafecta directamente del CCMA, sino con 206 en Afip.


Gracias por la respuesta draprevibai, en principio en la denegatoria de la jubilacion solo se hace referencia a la 884, la señora pagó solo una cuota de moratoria y debía pagar todo puesto que es beneficiaria de una pensión. Ahora di de baja del sicam y aparecen esos 5 meses de sdm, pero no tiene dador ni nada, el tema es que al tener que pagar de contado, necesitaria poder utilizar la ddjj para que pague menos, pero no se como proceder. Gracias!
 #984864  por draprevibai
 
Hola: En ese caso te conviene desafectar los pagos renunciarlos, si mal no recuerdo los SDM los haces con el 206 en AFIP. Según la que te corresponde en suerte o desgracia te tarde entre tres días o una semana, y en algún caso, tendrás que pelearlo un poco más para que te los desafecten, te aparecen con el código 073, por lo tanto ya no le pertenecen a la señora y le podés aplicar la declaración jurada.
 #1002334  por mpcarlo000
 
hola, ¿como resolvistes éste tema??
Poruq yo tengo un caso muy similar y la duda que se me plantea es como se puede primero pedir una jubilación reconociendo esos aportes de sdm y luego desconociéndolos, eso es lo raro.
 #1018694  por Camarista41
 
Retomo este post para comentarles que en el caso de mi cliente, señora pensionada que en su momento aporto 5 meses de SDM, le fue denegado el tramite porque no pago de contado la moratoria. No se mencionaba el SDM en la denegatoria. Sin embargo pude tomar vista de esa actuación, inicio bajo insistencia, y allí me encontré con los pagos de SDM y los 102 con los tickets. Por lo tanto entiendo que en este caso, aún desafectándolos en afip ya que no los necesito porque con el exceso de edad y moratoria alcanza, no me los tomarían (mi objetivo con la desafectación es aplicar DDJJ art 3 ya que debe pagar de contado toda la moratoria) pero repito, no me los tomarían ya que cuando inicie y agreguen la actuación anterior surgirán los 102 como prueba de servicios declarados, por lo que es cese indefectiblemente sería en 2011. En la udai Florencio Varela, me dijeron que lo intente lo de la desafectación pero que ellos no garantizan que al llegar a computos me lo rechacen por no respetar el cese.

Respecto a la consideración o no del SDM, pude averiguar que si el trámite fue rechazado por el SDM, es decir, se rechazan esos aportes y por ende el beneficio, cuando uno re inicia el expte, no es necesario declararlos en el sicam ya que por resolución anterior fueron rechazados. En el caso de que el rechazo fuera por otro motivo, por ejemplo 884, y no se mencione el sdm pero surjan pruebas debemos declararlos y pedir en la spp q no sean tomados en cuenta. Espero les sirva mi experiencia. SAludos a todos.
 #1018798  por dramereu
 
Ojalá se tome así, el tema para mi haría las veces de art 1 (renuncia), si está pago no se puede tomar cese (porq no se puede renunciar), y si encima lo declaraste y se tomó, se acreditó como aporte. Suponiendo que se desafecte, entonces porqué lo mencionas en trámite anterior?
Es rebuscado el pensamiento, es sólo una idea. Uno a veces inicia un trámite y no se imagina ni por casualidad cómo derivará en un futuro... ojalá sea y se tome como mencionas. A mi modo de ver sería contradictorio.
 #1019451  por patinanan
 
Hola yo tengo un caso de una señora que inicio jubilación con sdm hace mas de 2 años con otro profesional y le fue rechazado porque este le sugirió a ella y su amiga que salieran de dadoras mutuamente. por ende, se aprobó el de la que presento primero y el de esta señora se denegó.Como no quiere perjudicar a su amiga y hoy en dia no necesita esos aportes, estuve averiguando en el foro y en la udai donde presento.
Ellos me dijeron que debo agregar el periodo de sdm en sicam aunque salga con deuda y pida en la spp se adjunte el expte. anterior. que así lo toman.
De igual modo me lo indico Mario1943, gran solidario y experimentado de este foro. Saludos!
 #1019558  por Ablucas77
 
Tengo un caso similar, en su momento a la Sra le hicieron pagar sdm desde el 06/2007 al 11/2010. Ahora no necesita esos aportes de sdm ya que le recupere pagos del monotributo mas el exceso de edad mas moratoria. Voy a declarar los pagos de sdm y los incluyo en SICAM pero en SPP solicito no sean tenidos en cuenta bajo ningún concepto. Eso si no me arriesgo con el tema ddjj, al no desafectarlos tomo esa baja del 2010 y no aplico art 03. 24.476. que en mi caso seria un año ya, el cese del monotributo es en 2006.
 #1019581  por MARIO1943
 
Ablucas77 escribió:Tengo un caso similar, en su momento a la Sra le hicieron pagar sdm desde el 06/2007 al 11/2010. Ahora no necesita esos aportes de sdm ya que le recupere pagos del monotributo mas el exceso de edad mas moratoria. Voy a declarar los pagos de sdm y los incluyo en SICAM pero en SPP solicito no sean tenidos en cuenta bajo ningún concepto. Eso si no me arriesgo con el tema ddjj, al no desafectarlos tomo esa baja del 2010 y no aplico art 03. 24.476. que en mi caso seria un año ya, el cese del monotributo es en 2006.
EN TU CASO TENES QUE APLICAR LA CIRCULAR 22/13