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  • Impugnacion de reconocimiento art 263

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #984597  por parq1104
 
Queridos foristas....estoy con un caso un tanto complicado a mi entender y la verdad nose por donde arrancar...la primera pregunta es la siguiente:
EL PLAZO DE CADUCIDAD del art. 263 CC se toma desde que la persona que inicia la impugnacion (en este caso padre biologico) tomo conocimiento de la existencia del hijo?
 #984629  por parq1104
 
Gracias x tu respuesta!...voy a abusar de tu predisposicion....se inicia demanda impugnando reconocimiento junto con la de filiacion....quienes serian los legitimados activos y pasivos?
 #984845  por parq1104
 
Alguien pueda ayudarme!!!...si la accion la inicia el padre biologico (otro interesado en los terminos del art. 263) las dudas que surgen son:
Contra quien ejerce la accion? contra la madre en representacion del menor y contra el reconociente???
En este caso solo puede impugnar el reconocimiento...no puede accionar por filiacion????...tendra que ir luego y reconocerlo en el registro civil (una vez que se impugne el reconocimiento)
Espero que pueda ayudarme
 #984861  por Tiburcio
 
Se puede iniciar la impugnación del reconocimiento por quien alega ser padre biológico, acumulando el pedido de filiación. Demandados: el reconociente y el menor, representado por su madre o por un tutor especial.

Se puede pedir que la impugnación del reconocimiento la haga el propio hijo, informando de la verdadera paternidad biológica y pidiendo que se le nombre al menor un tutor especial quien llevará la acción y asimismo la de filiación.

La madre del menor puede representarlo en juicio siempre que no haya intereses encontrados con su hijo o haya sido corresponsable de la falsedad de su estado de familia.
 #984866  por parq1104
 
Una consulta mas...en que art. se fundamenta la reclamacion de filiacion del padre biologico? mas alla del art. 252 que dice que se pueden acumular...
 #984935  por santiheladero
 
Que seria una reclamacion de filiacion del padre biologico? si el hijo es matrimonial se aplican las presunciones y si es extramatrimonial, una vez desplazado el actual vinculo lo puede reconocer.
 #985182  por parq1104
 
Si, esa una reclamacion de filiacion extramatrimonial del padre biologico...voy a impugnar el reconocimiento por el art. 263 y luego que vaya el padre biologico y lo reconozca en el registro civil...seria asi el tramite no?