Queridos foristas....estoy con un caso un tanto complicado a mi entender y la verdad nose por donde arrancar...la primera pregunta es la siguiente:
EL PLAZO DE CADUCIDAD del art. 263 CC se toma desde que la persona que inicia la impugnacion (en este caso padre biologico) tomo conocimiento de la existencia del hijo?
EL PLAZO DE CADUCIDAD del art. 263 CC se toma desde que la persona que inicia la impugnacion (en este caso padre biologico) tomo conocimiento de la existencia del hijo?