Hola a todos, a los periodos no prescriptos ej: 2003 a 2008, donde hay pagos, pero algunos con intereses por lo q no me da deuda cero, podria aplicarle la renuncia? (art 1 ley 25321) ademas le compre por moratoria casi 28 años....y estaria ya los años de aportes y la actividad es no reglada. LAGUNA!
muchas gracias!!!
muchas gracias!!!
Justine