Hola: Generalmente es el juzgado quien determina un día para que se presenten los testigos a ratificar, vos los notificas.
dariord escribió:Hola: Generalmente es el juzgado quien determina un día para que se presenten los testigos a ratificar, vos los notificas.Hola, gracias por tu respuesta.
El juzgado, en ninguno de los beneficios que tengo, ha designado un día para que se presenten los testigos.
Algunos han ordenado en el primer despacho, la presentación de la otra parte, y nada más.
Qué hago? Solicito fecha para que comparezcan los testigos a reconocer su firma?
Gracias.
Saludos,