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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #98073  por pmaiarota
 
HOLA AMIGOS:
SE ME PLANTEA UNA CUESTION EXISTENCIAL. ESTUVE VIENDO MUCHOS MODELOS DE REAJUSTE Y SACO UNA CONCLUSION.
PARA QUE RESERVAR EL CASO FEDERAL SI YA SE ESTA EN DICHO FUERO.
NO SE, POR AHI ES UNA BURRADA PERO LO QUE YO TENIA ENTENDIDO HASTA AHORA, ERA QUE SE HACIA CUANDO SE RADICABA EN PCIA. Y SE RESERVA LA OPCION DE IR A LA CORTE SUPREMA DE LA NACION.
QUE OPINAN?

 #98468  por bea10
 
Hola la Reserva Federal Ley 48 , se hace para que en el hipotetico caso que salga denegada en 1 y 2 instancia se habilite la corte suprema de justicia .
si no hiciestes la reserva no tenes habilitada la via y muere la sentencia en camara.
Ojo con la reserva tenes que pedirlo en la primera presentacion en sede judicial . Si no lo haces... ya despues es tarde
Analia

 #98774  por pmaiarota
 
hola analia:
ante todo gracias por tu atencion. la verdad que me surgio la duda porque me toco una clienta que presento la nota por su cuenta a mano pidiendo el reajuste y obviamente no reservo el caso federal.
entonces me plantee si la oportunidad de reserva caso federal era en sede judicial al presentar la demanada o en la primer presentacion administrativa, ya que vi que algunos reservaban el caso federal en el recurso administrativo.
yo creo que no hay problema, pero no me gusta dejar cabos sueltos, por eso la consulta.
que te parece a vos?

sls.
pablo

 #98778  por bea10
 
estamos para ayudarnos y acompañarnos en todo esto
y te comento que yo en sede administrativa siempre hago la reserva ( unicamente para no olvidarmela despues) y como asi tambien planteo la inconstitucionalidad ( cosa que sede adminitrativa no es competente para resolverlo ( pero queda bien completito ) suerte Analia

 #98787  por bea10
 
puntualmente te contesto que la reserva federal debes hacerla en laprimera presentacion en sede judicial ( a no olvidarse ) sidos Analia
 #1103621  por walterman67
 
Hola soy estudiante de derecho , quisiera saber si la reserva federal la realiza tanto el demandante como el demandado en la contestacion de la demanda.
 #1103655  por lola442
 
Ambos tienen que hacer la reserva, la misma situación es para los dos lados.-

La cuestión federal debe haber sido introducida oportunamente en el pleito. Esto quiere decir que el planteo constitucional debe haberse efectuado en la primera oportunidad posible. Normalmente esto sucede en los escritos iniciales del proceso (demanda, reconvención y contestación de ambas). Si la cuestión federal surgiera en el trámite del juicio, deberá plantearse en la primera oportunidad procesal válida (habitualmente en los alegatos o en la expresión de agravios contra la sentencia de primera instancia). La introducción de la misma debe ser clara y en términos inequívocos. Debe, además, fundarse la relación existente entre la misma y el tema en debate en el pleito. No sólo debe ser introducida oportunamente, sino que debe ser mantenida expresamente en todas las instancias del juicio.
El fundamento de este requerimiento está dado por la necesidad de brindar la oportunidad a los jueces de la causa de expedirse sobre la cuestión federal en debate. Se ha dicho, así, que "la cuestión federal debe ser planteada en la primera oportunidad posible y sostenida en todas las instancias, desde que tanto la aceptación como el rechazo de las pretensiones debatidas en juicio, constituyen hechos previsibles. La finalidad de tal reserva es conferir a los jueces de la causa oportunidad para ponderar la cuestión y juzgar la relación existente en su posible dimensión y el derecho constitucional cuya eventual valoración se invoca" (LL 1992-E, 502).

Sólo sería admisible la cuestión federal introducida en el mismo escrito de interposición del recurso extraordinario, en el caso de tratarse de una sentencia definitiva "arbitraria", ya que tal circunstancia no sería previsible. Pero la arbitrariedad debería surgir de esta última sentencia, ya que si la misma sólo se remitiera a los argumentos de la de primera instancia confirmándola, la introducción de la cuestión federal resultaría tardía.
El escrito en que se interpone el recurso debe estar fundado, debiendo ser autónomo. Esto quiere decir que debe bastarse a sí mismo, sin efectuar remisiones a otros escritos u otras constancias del juicio. En suma, debe contener el examen de todos los elementos necesarios para poder determinar la procedencia del recurso.
 #1103730  por facundo1976
 
Esto me despejo de muchas dudas que tenia. ¿Alguien tiene un modelo para reclamar el reajuste en sede administrativo (ANSES)?
Mchas Grs.