Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONCUBINATO-MARCO NORMATVO

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #988763  por carpediem777
 
Buenas tardes colegas, el tema del concubinato sigue con los pocos derechos reconocidos aisladamente por el código o hubo alguna reforma importante al respecto que se aplique en la acutalidad sobre éste tema?????
 #989547  por joseluis1107
 
Hola, el código no reconoce el concubinato, solo algunas leyes y la jurisprudencia les ha atribuido algunos efectos. Cuál es tu consulta puntual?
 #989744  por carpediem777
 
Joseluis gracias por tu respuesta, aunque ya me respondiste, mi pregunta puntual era con respecto a los bienes, entonces significa que los "concubinos" no tienen absolutamente ningún derecho sobre los bienes del otro...independientemente que tengan hijos en comun y muchos años de convivencia juntos....estoy en lo cierto?
 #990107  por joseluis1107
 
Disculpame Santi, voy a disentir con vos. El condominio es para el caso de la registración en esos términos, si no, rige de acuerdo a como esté inscripto. Respecto de los pedidos de Sociedad de Hecho, no lo ha aceptado la jurisprudencia, basado en la falta de un elemento fundamental de la Sociedad y es el "animus societario", han sido rechazado los planteos presentados en ese sentido. Solo ha tenido recepción, cuando la prueba te permita reforzar mucho tu planteo (los jueces la analizan muy restrictivamente) en los casos que se plantean como enriquecimiento sin causa, conociendo el caso, aunque someramente, podría tirarte una idea si podrías justificarlo.