Mi caso es el siguiente :soy letrada del alimentante...la parte contraria inicia el reclamo alimentario en el mes de abril y se fija una cuota provisoria del 15 % mi cliente no asiste a la audiencia y la parte contraria pide el cierre de la etapa previa. ....En julio ( que es en verdad cuando mi cliente me contacta) tenemos la audiencia de etapa de conocimiento en la cual se fija la cuota definitiva ( 23%). La parte actora me esta pidiendo la diferencia por los meses en que estuvo fijada la cuota definitiva ( entiendo que no puede reclamar tal diferencia) El tema es que de todos modos le pedi a mi cliente que me haga entrega de una copia de sus recibos de sueldo y advierto que la empleadora nunca le descontó los alimentos provisorios.
En ese caso me puede reclamar esos meses? Pero solo puede reclamar el monto de la provisoria? y en tal caso, puede reclamar desde abril o solo desde el mes siguiente al cual llegó el oficio a la empleadora? Estoy un poco desorientada al respecto!! Graciassssss
En ese caso me puede reclamar esos meses? Pero solo puede reclamar el monto de la provisoria? y en tal caso, puede reclamar desde abril o solo desde el mes siguiente al cual llegó el oficio a la empleadora? Estoy un poco desorientada al respecto!! Graciassssss