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 #990090  por estudioj
 
Hola, les consulto, tengo un cliente que compro un vehículo pero nunca hizo boleto de compra venta. Tiene el titulo a nombre de quien falleció, pero nunca transfirió el vehiculo. El tema es que Transito se lo secuestra y ahora lo que queda es meternos en la sucesión para reclamar el crédito. Ahora utilizo para ello la figura del legitimo abono en caso de no tener boleto? Gracias por su ayuda. En ese caso se presenta un escrito verdad, luego de la declaratoria?
 #990728  por abogadamdq
 
Va ser difícil probar la compra venta sin boleto, y sin boleto va a ser mucho más dificil acreditar la verosimilitud del derecho para una medida cautelar.
 #991420  por estudioj
 
aprovecho la amabilidad ya que estamos en el tema, tengo una sucesion donde debo hacer el cuerpo de bienes. Con respecto a la casa que han hecho un contrato de permuta: como procedo, luego de la denuncia de los bienes, hago el escrito solicitando el tracto abreviado? a este deben firmarlo los herederos y el que es parte es la permuta?
con respecto al vehiculo si los herederos no lo venden, solicito en un escrito posterior a la denuncia de bienes, la inscripcion en el Registro?
 #991421  por estudioj
 
aprovecho la amabilidad ya que estamos en el tema, tengo una sucesion donde debo hacer el cuerpo de bienes. Con respecto a la casa que han hecho un contrato de permuta: como procedo, luego de la denuncia de los bienes, hago el escrito solicitando el tracto abreviado? a este deben firmarlo los herederos y el que es parte es la permuta?
con respecto al vehiculo si los herederos no lo venden, solicito en un escrito posterior a la denuncia de bienes, la inscripcion en el Registro?
 #992225  por abogadamdq
 
A la primer pregunta, no. Cuando se solicita una venta por tracto abreviado en la sucesión, suponiendo que sos patrocinante, el escrito lo firman los herederos, y no la otra parte que forma parte del negocio jurídico de la compra venta, ya que es un tercero extraño respecto del sucesorio. El co-contratante de la venta interviene (extrajudicialmente) cuando es citado por el escribano designado para la compra venta a los efectos de escriturar. La parte del escrito donde pedís el tracto puede decir: "Denunciamos operación de compra venta, designamos al Escribano XX XX XX, N de registro (xx), Partido (xx), con domicilio en calle (xx) n (xx), Ciudad (xx).Manifestamos expresa unaminidad, y solicitamos se ordene la inscripción de la declaratoria de herederos por el sistema de tracto abreviado (art. 16 Ley 17.801), respecto del bien denunciado en el cuerpo de bienes fs. xx, a favor del comprador Sr. XX XX XX"
A la segunda pregunta, sí. Se hace la inscripción de la declaratoria de herederos respecto del auto. "Solicitamos se ordene la inscripción de la declaratoria de herederos en el Regsitro de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios Seccional N(donde está radicado el auto), se libre oficio, se autorice a XX XX XX a correr con el diligenciamiento del mismo".
Antes de pedir se inscriba debe estar presentada la declaración patrimonial, los certificados actualizados, las valuaciones actualizadas, regulados los honorarios, notificada la regulación y consentida, manifestar en el expediente percepción de honorarios, prestar conformidad al pedido de inscripción, pagadas tasa de justicia y sobretasa, aportes sobre los honorarios regulados, impuesto a los ingresos brutos o impuesto al valor agregado, según el caso, presentar declaración jurada del impuesto a la transmisión gratuita de bienes ( y de corresponder el pago del mismo), autorizar para el diligenciamiento del oficio, y denunciar los datos para el oficio.