Hola! Tengo una duda respecto al monto imponible para el pago de la tasa de justicia.
Se trata de un bien ganancial por lo cual la tasa si no entiendo mal se abonaría sobre el 50%. Pero en relación a la parte ganancial, la cónyuge la ha cedido a uno de sus hijos. Se abona también en este caso sobre ese 50%, es decir sobre el 100%?
Gracias!
Se trata de un bien ganancial por lo cual la tasa si no entiendo mal se abonaría sobre el 50%. Pero en relación a la parte ganancial, la cónyuge la ha cedido a uno de sus hijos. Se abona también en este caso sobre ese 50%, es decir sobre el 100%?
Gracias!


