Hola el tema es el siguiente, voy a liquidar una moratoria ley 24476 sin edad aun para jubilarse, pero con posterioridad a 1993 esta persona registra deuda de autonomos, hasta el 2007 casi todos los periodos impagos. Ahora trabaja en relacion de dependencia. Entiendo que el plan lo puedo enviar igual, el tema es al liquidar el sicam yo entiendo que a los periodos con deuda no los podría renunciar porque no reune los requisitos para acceder al beneficio, ni aportes necesarios ni edad, entonces no se si estoy equivocada pero deberia enviar el plan así y luego al llegar a reunir los requisitos darle de baja y realizar otro sicam donde se le aplique renuncia a los periodos con deuda, mi duda surge porque por ahi leí que aplicaron la le 25321 sin que se reunieran los requisitos y al llegar a la edad y años de aportes requeridos y con el plan cancelado eso quedo convalidado en Anses, porque en tal caso no tendria que dar de baja a este plan y liquidar otro, se presentaria el primero ya cancelado. Gracias. Un saludo.