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  • PAGARE - OMITIR LUGAR DE CREACION

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 #993654  por sergiosky
 
un cliente me vino a ver porque presentó una demanda ejecutiva sobre unos pagare, y el juez le rechazo la demanda porque no figura en el titulo el lugar de creacion, requisito formal exigido en los pagare (art. 101 dec-ley 5963/63).
el tema es que me vino a ver con el pagare y me pidio si puedo iniciarle la demanda nuevamente, llenando claro esta el lugar de creacion.
la verdad que nunca se me presento un caso asi, se que los blancos pueden ser llenados con distinta tinta e incluso en fecha posterior al que fue firmado, pero siempre previo a la presentacion del titulo a ejecutar en el juicio. lo que quiero saber es si puedo llenar esos claros y presentar nuevamente el pagare para ejecutarlo. se que en el juicio ejecutivo por ser una via sumaria no se podra discutir esto y el titulo puede ejecutarse pero ¿pasa algo si el accionado inicia posteriormente un ordinario denunciando que en realidad ese titulo en principio no estaba llenado al momento de presentarse la primera demanda y que tal omision se cubrio despues? ¿existe alguna sancion por llenarse en forma posterior y ya habiendose iniciado un juicio o no hay sancion alguna pudiendolo hacer a pesar de que originariamente el titulo fue presentado para su ejecucion sin haberse completado el lugar de emision?
gracias!
 #993744  por abogado_1987
 
como pauta
“... En tal inteligencia, nótese que no se advierten enmendaduras, raspaduras, o sobrelineados visibles en el texto de la cambial; y el hecho de que el título base de la acción habría sido llenado en sus blancos a los efectos de su ejecución no constituye adulteración en los términos del cpr.: 544,4, pues la ley permite al tenedor completar el título cambiario; siendo, por ende improcedente la excepción fundada en dicha circunstancia ... “


"... Del texto claro y limpio del cartuar no surge - ni ha sido señalado por el excepcionante - enmendadura, raspadura, mutación, borradura, sobreexpuesto, ni tachadura alguna. Por el contrario, sí se advierten diferentes grafías en el llenado del pagaré ... Tanto la doctrina como la jurisprudencia tienen dicho que la defensa de abuso de firma en blanco, se refiere a las cualidades intrínsecas del documento, lo que no es oponible en el proceso ejecutivo, agregando que la firma, puede ser dada en blanco antes de la redacción de lo escrito, confiriendo entonces el deudor al acreedor un mandato tácito para proceder a su llenado ... "
 #993793  por sergiosky
 
esta bien pero el titulo ya ha sido presentado en un juicio y se rechazo la demanda por faltar ese requisito.
se que puedo llenar el titulo en fecha posterior, incluso hacerlo firmar en blanco y luego llenarlo... pero que pasa cuando el titulo ya fue presentado para su ejecucion y rechazado, puedo llenarlo y volver a presentarlo para su ejecucion o el accionado puede decir que originariamente ese titulo no estaba completo y fue rechazald la ejecucion, que no puede volver a presentarle el mismo titulo?. o sea, si nunca lo presente no hay drama en completarlo y presentarlo, pero si ya fue presentado salta a la luz que el titulo lo llene en forma posterior para suplir esa omision, hay alguna sancion si me meten un ordinario y la accionada dice que ese llenado fue posterior incluso de haber sido ejecutado en juicio
el titulo?