Estimados foristas: Me surge una duda les agradecería ayuda. Juicio laboral en capital. Terminado. Ganado. En ejecución . En esta última etapa solicité la inhibición gral de bs. se ordenó y ya diligencié el oficio al R de la prop de capital me falta el automotor de cap. a prov no lo haré x q se q no hay ni bs ni automotores. La pregunta es si debo acreditar el diligenciamiento en el expte y si se le debe notificar al demandado . En el caso q la respuesta a esto sea afirmativa si hay plazo porque aun me falta q me firmen el oficio al automotor. Les consulto x q lei en una nota q decía.... lamentablemente nunca se le notifica la situación al deudor..... Muchas gracias!
Adri
