Buenas Noches Gente, soy nueva en el foro.
Tengo dudas con respecto a como manejo un tema y necesito ayuda y si me pueden orientar un poco:
Tengo un cliente que me consulta por una accidente de trabajo sufrido en mayo del año pasado.
Fue operado de rotura de meniscos y ligamentos en julio de 2012. Nunca quedo bien, siguió con el tratamiento con kinesiología y en abril de este año se hizo una resonancia en su obra social en la cual salio nuevamente una rotura de ligamentos. El lo denuncio en ART y nuevamente lo operaron en mayo de este año.
En el mes de agosto lo citaron de ART por haber pasado el año legal y le dieron un 30% de incapacidad. El firmo en disconformidad y ahora le llego la citación para comisión medica para el 30 de octubre.
Hoy le dieron el alta medica pero el medico de la ART le dijo que firmara en disconformidad por que el cliente dice que todavía le duele la rodilla.
PREGUNTAS:
1- como es el tema del pago del sueldo? xq si bien el continuó cobrando el sueldo, no sabe si es la ART o el empleador quien se lo esta abonando. (recuerden que el 31 demayo de 2013 se cumplio un año del accidente)
2- Entiendo que si bien el accidente es del 2012, se aplica la ley vieja, pero el hecho de que lo hayan operado nuevamente este año no hace que se aplique la nueva ley?
3- con respecto a la incapacidad yo utilice para el calculo la formula de la ley y me da algo de $365.000 x un salario base de $11.000, que es en base al promedio de las ultimas 12 remuneraciones de la fecha del accidente, me dicen colegas que no creen que le abonen dicha suma, la ART es LIDERAR, alguien conoce como trabaja?
4- que me aconsejan que espere a ver lo que ofrece la ART luego de lo que ocurra en comisión medica o que ya inicie seclo? también podría iniciarlo en provincia (lanus) xq el lugar de trabajo es allí, que me aconsejan, en que jurisdicción??
Bueno a quien pueda y quiera ayudarme aguardo sus comentarios, desde ya muchas gracias a todos.
saludos!
Tengo dudas con respecto a como manejo un tema y necesito ayuda y si me pueden orientar un poco:
Tengo un cliente que me consulta por una accidente de trabajo sufrido en mayo del año pasado.
Fue operado de rotura de meniscos y ligamentos en julio de 2012. Nunca quedo bien, siguió con el tratamiento con kinesiología y en abril de este año se hizo una resonancia en su obra social en la cual salio nuevamente una rotura de ligamentos. El lo denuncio en ART y nuevamente lo operaron en mayo de este año.
En el mes de agosto lo citaron de ART por haber pasado el año legal y le dieron un 30% de incapacidad. El firmo en disconformidad y ahora le llego la citación para comisión medica para el 30 de octubre.
Hoy le dieron el alta medica pero el medico de la ART le dijo que firmara en disconformidad por que el cliente dice que todavía le duele la rodilla.
PREGUNTAS:
1- como es el tema del pago del sueldo? xq si bien el continuó cobrando el sueldo, no sabe si es la ART o el empleador quien se lo esta abonando. (recuerden que el 31 demayo de 2013 se cumplio un año del accidente)
2- Entiendo que si bien el accidente es del 2012, se aplica la ley vieja, pero el hecho de que lo hayan operado nuevamente este año no hace que se aplique la nueva ley?
3- con respecto a la incapacidad yo utilice para el calculo la formula de la ley y me da algo de $365.000 x un salario base de $11.000, que es en base al promedio de las ultimas 12 remuneraciones de la fecha del accidente, me dicen colegas que no creen que le abonen dicha suma, la ART es LIDERAR, alguien conoce como trabaja?
4- que me aconsejan que espere a ver lo que ofrece la ART luego de lo que ocurra en comisión medica o que ya inicie seclo? también podría iniciarlo en provincia (lanus) xq el lugar de trabajo es allí, que me aconsejan, en que jurisdicción??
Bueno a quien pueda y quiera ayudarme aguardo sus comentarios, desde ya muchas gracias a todos.
saludos!