Estimados colegas:
Soy nuevo en el foro y se me ha presentado el siguiente caso.
Una clienta del banco provincia de buenos aires con tarjeta de credito visa ha fallecido en el mes de mayo. En el mes de Agosto los familiares se acercaron al banco para dar de baja la tarjeta de credito, cumplida con la documentacion le informan que existe un saldo deudor que ellos deberan abonar. El banco les dice que deberan abonar los resumenes de los meses posteriores al fallecimiento puesto que no informaron del suceso.
Mi consulta es:
- El seguro de saldo deudor no deberia cubrir este saldo?.... (la tarjeta no poseia adicionales y obviamente no fue utilizada luego del fallecimiento del titular, ese saldo corresponde a las cuotas de compras de productos que vencen luego del fallecimiento)
- Existe un plazo para notificarle al banco? (las disposiciones de la SSN nada dice en sus resoluciones)
Espero puedan ayudarme
Soy nuevo en el foro y se me ha presentado el siguiente caso.
Una clienta del banco provincia de buenos aires con tarjeta de credito visa ha fallecido en el mes de mayo. En el mes de Agosto los familiares se acercaron al banco para dar de baja la tarjeta de credito, cumplida con la documentacion le informan que existe un saldo deudor que ellos deberan abonar. El banco les dice que deberan abonar los resumenes de los meses posteriores al fallecimiento puesto que no informaron del suceso.
Mi consulta es:
- El seguro de saldo deudor no deberia cubrir este saldo?.... (la tarjeta no poseia adicionales y obviamente no fue utilizada luego del fallecimiento del titular, ese saldo corresponde a las cuotas de compras de productos que vencen luego del fallecimiento)
- Existe un plazo para notificarle al banco? (las disposiciones de la SSN nada dice en sus resoluciones)
Espero puedan ayudarme
