Hola! les hago una consulta, fui al banco a dejar el oficio para la apertura de cuenta gratuita por alimentos provisorios, me dijeron que primero tiene que ir la titular al juzgado a certificar firma y luego ir al Banco ella misma y llevar el oficio. Esto es asi?
no se quien te dijo eso pero en mi ciudad no es asi.
se ordena la apertura de cuenta judicial y en el mismo oficio se establece que la titular con la mera exposicion de su DNI puede retirar los fondos depositados en la cuenta, yo llevé el oficio y listo, no me pidieron que certifique la firma la titular ni mucho menos que ella misma lleve el oficio, un disparate!!