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  • Daño moral a la madre.

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #994451  por guady123
 
Buen día!! :P
Recurro a su ayuda!!!!! Se me vence la contestación de una demanda por daño moral (y cualquier otro daño que le quepa) contra la madre de un menor. POR FAVOR, necesito argumentos (voy por la defensa).
La situación es la siguiente. Madre se divorcia común acuerdo, al tiempo el padre realiza impugnación de paternidad, la mujer se allana , denuncia el nombre del supuesto padre biológico de la nena (hoy 6 años). El defensor de la nena demanda por daño moral a la madre por haber privado a la menor de su verdadera filiación. Por favor, realmente necesito que me ayuden!!! Muchas gracias!!!
 #994517  por Vyctoria
 
¿no es el caso en que el marido reconoció sabiendo que no tenia filiación biológica?
Habría que ver bien en que se funda la demanda".
A ver, "verdadera filiación" no es una expresión muy feliz, recordemos que en nuestro sistema existe el instituto de la adopción. No solo lo biológico es "verdadero". Hay siempre una verdad biológica, bien, pero de ahí puede ser que después coincida o no con la filiación de la persona. Una filiación por adopción también es verdadera, aunque haya un nexo biológico diferente.
Te doy mi opinión (sólo opinión a grosso modo)
Acá si se tiene en cuenta el delito de sust de identidad, etc.,de donde surgiría la idea de demandar solamente a la madre?
A ver si entendí, en resumen: divorcio por present. conjunta, el marido se queda con las propiedades, la mujer se queda con una casa ¿es así? ES decir, parecería que ya vendría de antes, el "aprete".
Según lo que parece: el cónyuge tuvo oportunidad de probar el adulterio, pero fue por la opción conjunta. (es decir, y después este hombre iría contra sus propios actos?)
Dos: el Código Civil por algo establece determinados plazos, y si el marido tuvo conocimiento del parto, etc, (cód civil, 259, 260 ) tiene un plazo para impugnar, empero en este caso, ¿lo haría pero "cuando le conviene"?
Los fundamentos de la normativa del Código son la estabilidad y la paz familiar, precisamente en favor del orden social, es decir, para proteger la familia. Cuando la ley es utilizada- como a mi entender en este caso- para satisfacer intereses contrarios al propio espíritu de las leyes, hay abuso del derecho (y mala fe, etc.)
tres: Le dio trato de hija sabiendo que no tenía vínculo biológico, pero después, al divorciarse, según entendí, dejó de verla (acá habría un daño moral a la menor, generado por la conducta de este hombre, condicionar el emplazamiento y el trato como hija en tanto y en cuanto funcionara el matrimonio, parecería que más egoísta, imposible). Es decir, de su conducta se podría deducir que hubiera seguido con la ocultación" de la filiación biológica si hubiera continuado el matrimonio.
Cuatro: no me quedó claro en que quedó el tema de la impugnación. O la negociación con "los bienes".

A mi entender, el tema del "daño", no es cuestión tan simple, la identidad biológica o verdad biológica se considera un "interés superior" pero esto no es un absoluto, porque la vida de relación y la identidad emocional, parental y familiar, (comparar por ejemplo con el instituto de la adopción) también hacen al interés superior, se cae de obvio esto, es evidente que un corte abrupto genera un desequilibrio psico-emocional. No hace falta ser muy experto para darse cuenta de este "detalle".
Ahora, que la demandada sea sólo la madre, (con un marido que reconoció sabiendo que no tenía nexo biológico, y un progenitor biológico que también consintió) ya parecería el colmo de la hijoputez, con perdón de la expresión.
En síntesis, parecería un caso bien retorcido, con notas de extorsión / venganza, mala fe y abuso del derecho, mas que otra cosa.
 #994540  por guady123
 
Hola Vyctoria. Muchas gracias por tu tiempo y aporte!!!!
Si!!! Es el caso al que te referís.
La demanda la inicia el Defensor de la menor. Se funda en la actitud antijurídica de la madre en el ocultamiento de la verdadera identidad de la niña …. Lo que le originó un inmenso e irremediable daño moral………..(se basa , entre otros puntos en que la madre se allanó en la impugnación a fin de no dilatar más la realidad).
Me vence el plazo para contestar, y sigo dando vueltas y vueltas el caso. Tengo miedo de poner algo que a posteriori la perjudiqué aún peor.

Cuanto favorecen a la niña, si la única persona que tiene como sostén (económico y efectivo), si a la única persona que se ocupa de llevarla al cole, a danza, de paseo, alimentarla y cuidarla, la atacan y la llevan a tribunales por daños hacia la niña?????? Más teniendo en cuenta que es una trabajadora que no tiene una buena posición económica. Entiendo la tendencia jurisprudencial de ponderar el derecho a la identidad de las personas, pero esto me parece un poco excesivo para este caso en particular. La niña (por consejo de psicólogo) sabe la verdad.
Por otro lado el ex marido la amenaza que le va a iniciar también daño.
El padre biológico (no se demostró aún su paternidad) el defensor menciona en esta demanda que le inició juicio de filiación.
Nuevamente gracias Vyctoria!!! Todo tipo de aporte es muy valioso!!!!
 #994613  por Vyctoria
 
De nada. Creo que es importante destacar que, al menos por lo que entendí, ese ocultamiento no fue unilateral, ya que sabiendo, el marido reconoció, y si no leí mal, el progenitor biológico también consintió.

Y el supuesto "defensor" ¿que estaría defendiendo? ¿Qué se gana atacando a la madre, que supuestamente es ahora el único vínculo estable que tiene la menor, y único sostén económico, emocional, etc.
Si el interés de la menor, entonces debería oponerse a la impugnación, porque caducó, porque esta postura sí tendría al menos el argumento del interés sup del niño que ya tiene una relación afectiva con quien durante 6 años se condujo como "padre".
Si busca quién genera “daño”, este sería el que ejercía como “padre” hasta que se le ocurrió que ya no se le cantaba, esta ruptura abrupta, genera daño.

La cuestión acá pasa por ponderar, o no, la “verdad biológica” como principio absoluto, supremo, -el derecho a conocer la verdad biológica- sin tener en cuenta la “verdad” psico-afectiva- el derecho a la estabilidad familiar- emocional-(por algo el Código establece plazos) la realidad de un menor que de pronto sufre un golpe emocional, por parte de un “padre” que venía condicionando su rol a la relación de pareja con la madre (egoísmo al parecer).
Una cosa es la verdad biológica y otra cosa la filiación, que no tiene por qué coincidir necesariamente (sino donde quedaría el instituto de la adopción, o la inseminación artificial).
Si se dice que el plazo del CC para impugnar es inconstitucional, y que la estabilidad familiar entonces cede para dar paso a un "derecho constitucional" consistente en "saber", “conocer” la verdad "biológica", entonces, ¿el derecho del niño a tener estabilidad en su vida psico-afectiva, viene a ser un derecho de inferior categoría?

Hace poco me prestaron el libro de Di Lella, “paternidad y pruebas biológicas”. En uno de los capítulos trata el tema del principio de verdad biológica.

Reflexionando, si cada filiación va a quedar condicionada a los avatares sentimentales de personas que borran con el codo lo escrito con la mano, el interés superior del niño se va al tacho.
Si una filiación se va a caer porque de pronto a un padre biológico despechado o a un ex marido despechado (o una madre despechada en otros casos) se les ocurre por venganza, accionar de manera extemporánea y abusando del derecho, (y por sobre los plazos que el Código establece) para impugnar paternidades antes asumidas- falsamente a sabiendas- porque le gustaba estar con la madre, entonces el interés superior del niño no existe, sino que se utiliza como excusa, y en realidad cede por otro interés o intereses que de superior no tienen nada.

Saludos
 #994730  por guady123
 
Gracias vyctoria!!!!! Me sirvió de mucho tu aporte. Lo estoy analizando por el lado de la satisfacción integral de los derechos de la niña, por el abuso del derecho y la falta de legitimación de la madre en iniciar la impugnación lo que la saca de la actitud antijurídica que le atribuye el defensor por omisión ( y cuando el ex la inició ella se allanó y además aportó los datos de quien sería el padre biológico. Te parece?? Estoy buscando fallos para aportar a los argumentos.