hola queria saber si es verdad que si faltas como autoridad de mesa se puede ir preso?. me llego un telegrama en donde me nombran presidente de mesa
y en donde en un apartado esta este aviso.
art.132 del c.e.n que la concurrencia o abandono de funciones electorales se penara con prision de 6 meses a 2 años.
algo que me parece un tanto exagerado ya que con una multa bastaría.
una de las opciones es estar enfermo y tener una constancia pero si no es asi, y no tenes nada. vas directo al calabozo?
gracias por las respuestas.
y en donde en un apartado esta este aviso.
art.132 del c.e.n que la concurrencia o abandono de funciones electorales se penara con prision de 6 meses a 2 años.
algo que me parece un tanto exagerado ya que con una multa bastaría.
una de las opciones es estar enfermo y tener una constancia pero si no es asi, y no tenes nada. vas directo al calabozo?
gracias por las respuestas.