Buenas colegas, demando a un sindicato seccion pcia bs as que tenia a un trabajador en negro y lo despidio (el trabajaba en el camping de dicho sinidcato) la pregunta concreta es.. al momento de demandar tengo que librar oficio al Ministerio de Trabajo para probar la existencia y registro del mismo? (viendo la ley de sindicatos me parece que si) lo pido en el Ministerio de Pcia de Bs As (ya que es filial pcia bs as) o Naciòn (ya que la ley de sindicatos dice que se inscriben ahi) ¿ debo tb solicitar informe en persona juridica¿ o no hace falta¿ y en cuanto al camping debo probar la existencia del mismo y si esta inscripto? se me ocurre mandar oficio a la Municipalidad por el tema de la habilitacion¿ les parece que pida todo esto como diligencia preliminar¨, muchas gracias a quien pueda darme una mano.
Nicole
Nicole