HOLA AL FORO!!!!!!!!!!!!
Terminé un divorcio (art. 214 inc. 2) en Pcia...Existe un bien ganancial comprado por el marido (parte que represento)...Ahora...si hago un convenio de liquidación de sociedad conyugal ¿debo presentarlo para homologación? Digo para evitar el tema de la expoliadora tasa de justicia...En principio el bien se vendería y se repartiría la plata...puedo pactar esto y establecer un plazo para la venta?...como me aseguro cobrar los honorarios, claro que en este caso tanto mejor sería la presentación del acuerdo en juicio para homologar
Terminé un divorcio (art. 214 inc. 2) en Pcia...Existe un bien ganancial comprado por el marido (parte que represento)...Ahora...si hago un convenio de liquidación de sociedad conyugal ¿debo presentarlo para homologación? Digo para evitar el tema de la expoliadora tasa de justicia...En principio el bien se vendería y se repartiría la plata...puedo pactar esto y establecer un plazo para la venta?...como me aseguro cobrar los honorarios, claro que en este caso tanto mejor sería la presentación del acuerdo en juicio para homologar