Si los obligados al pago han depositado en la cuenta de autos los honorarios y aportes de los abogados intervinientes, siendo que todos los honorarios han sido regulados, notificados, firmes y consentidos, si tus honorarios son por un importe menor a $30.000, pedís giro, cobrado el giro , para cumplir con la caja generás boleta de aporte y pagás el correspondiente aporte; si tus honorarios son mayores a $30.000, el Juez debe ordenar la transferencia electrónica de los fondos depositados en concepto de honorarios y aportes a la cuenta que seas titular y que denuncies en autos para que se ordene la transferencia. Una vez realizada la misma generás boleta de aporte y pagás los aportes a la caja. Esto es aplicable en relación a los aportes, al medio de pago tradicional: boleta y pago en efectivo, pero hay otros medios de pago: ver
http://www.cajaabogados.org.ar/ (solapa medios de pago)