HOLA COLEGAS! QUISIERA HACER LA SIGUIENTE CONSULTA: tengo un juicio ganado contra una aseguradora por ds. y ps. Me regularon honorarios de primera y segunda instancia, notifique a la deudora y jamás pago, por lo cual actualice los montos en base a la TABN, es asi que la demanda me impugna la liquidación por haberla realizado en base a la tasa activa, y solicita que realice correcta liquidación aplicando tasa pasiva. El tema es que mi error fue que nunca plantee la inconstitucionalidad de la aplicación de la tasa pasiva, no se si estoy a tiempo de hacerlo y por otro lado si puedo pedir el embargo de las sumas que ya están firmes hasta tanto se resuelva el tema del interés.
Loren27 escribió:HOLA COLEGAS! QUISIERA HACER LA SIGUIENTE CONSULTA: tengo un juicio ganado contra una aseguradora por ds. y ps. Me regularon honorarios de primera y segunda instancia, notifique a la deudora y jamás pago, por lo cual actualice los montos en base a la TABN, es asi que la demanda me impugna la liquidación por haberla realizado en base a la tasa activa, y solicita que realice correcta liquidación aplicando tasa pasiva. El tema es que mi error fue que nunca plantee la inconstitucionalidad de la aplicación de la tasa pasiva, no se si estoy a tiempo de hacerlo y por otro lado si puedo pedir el embargo de las sumas que ya están firmes hasta tanto se resuelva el tema del interés.interpreto que tramita en CABA,
no me quedó claro si iniciaste ejecución de honorarios
tené presente que está normado en el art. 500 y ss del CPCCN
Art. 500. - Las disposiciones de este título serán asimismo aplicables:
1. A la ejecución de transacciones o acuerdos homologados.
2. A la ejecución de multas procesales.
3. Al cobro de honorarios regulados en concepto de costas.
tendría presente
HONORARIOS CON TASA ACTIVA
En los autos “Diment, José Edgardo c/ Silberman Norberto Reinaldo y Otros s/simulación”, la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil declaró la invalidez del Artículo Nº 61 de la Ley 21.839 de Honorarios Profesionales que establece la tasa pasiva para efectuar la liquidación de honorarios y ordenó que se practique la liquidación de los mismos mediante la tasa activa luego de evaluar que la diferencia entre una y otra tasa es de prácticamente el 50%, en
http://www.cpacf.org.ar/jurisylegis/nov ... juris.html
Se ordena actualizar los honorarios del abogado, ejecutados, conforme a tasa activa y se declara inconstitucional el artículo 61 de la Ley 21.839 ( reformado por la Ley 24.432) en
http://www.adelaprat.com/2011/06/se-ord ... ley-24-432

