A ver colegas si me abren la mente-
He iniciado un divorcio por el art. 214 inc 2º. Hace 40 años están separados y voy patrocinando al hombre. El drama es que la mujer vive en el conurbano bonaerense y me es casi imposible notificarla.
Les cuento que para notificar la audiencia lo primero fue cédula ley 22172 pero le extraviaron los notificadores. Luego pedí notificar por carta documento pero me la devuelven al remitente diciendo que dejaron aviso de visita y luego que la dirección es inexsistente.
¿como la notifico???
La mujer es jubilada por lo que tampoco puedo averiguar domicilio laboral para ver si la notifico ahí... No está casi nunca en la casa.
¿que se les ocurre que haga? notifico por edictos???
He iniciado un divorcio por el art. 214 inc 2º. Hace 40 años están separados y voy patrocinando al hombre. El drama es que la mujer vive en el conurbano bonaerense y me es casi imposible notificarla.
Les cuento que para notificar la audiencia lo primero fue cédula ley 22172 pero le extraviaron los notificadores. Luego pedí notificar por carta documento pero me la devuelven al remitente diciendo que dejaron aviso de visita y luego que la dirección es inexsistente.
¿como la notifico???
La mujer es jubilada por lo que tampoco puedo averiguar domicilio laboral para ver si la notifico ahí... No está casi nunca en la casa.
¿que se les ocurre que haga? notifico por edictos???