Disculpen la ignorancia.
Si planteo solo la indemnizacion de la ley 26773 a cargo de la ART puedo hacer lo siguiente:
- demandar en sede laboral CF a la ART por prestaciones dinerariasde ley 26773 negadas en su otorgamiento?
Entiendo ..."En los supuestos de acciones judiciales iniciadas por la vía del derecho civil se aplicará la legislación de fondo, de forma y los principios correspondientes al derecho civil." legislado por ley 29773 significa que al no pedir una reparacion civil me habilita la sede judicial laboral sin problemas.
Puedo ademas cobrar en SRT y demandar en sede laboral por diferencia de porcentual de incapacidad si lo hubiere? Todo dentro del calculo de la ley 26773 obviamente.
Gracias por la ayuda.
Si planteo solo la indemnizacion de la ley 26773 a cargo de la ART puedo hacer lo siguiente:
- demandar en sede laboral CF a la ART por prestaciones dinerariasde ley 26773 negadas en su otorgamiento?
Entiendo ..."En los supuestos de acciones judiciales iniciadas por la vía del derecho civil se aplicará la legislación de fondo, de forma y los principios correspondientes al derecho civil." legislado por ley 29773 significa que al no pedir una reparacion civil me habilita la sede judicial laboral sin problemas.
Puedo ademas cobrar en SRT y demandar en sede laboral por diferencia de porcentual de incapacidad si lo hubiere? Todo dentro del calculo de la ley 26773 obviamente.
Gracias por la ayuda.