gyzella, a mi me preguntas si te estoy retando???? como creeeeees?
el criterio en los juzgado de mi provincia es que ellos te acomodan el monto a su antojo, ni usan una formula ya que los ultimos fallos de la CSJN dicen que no es conveniente usar formulas matematicas. uno puede dar un indicio aplicando la formula vuotto, mendez, nosotros usamos cualquiera por dos motivos: los jueces no estan dando pluspeticion para estos casos asi que si pedis una barbaridad a lo sumo te lo bajan, y el otro motivo es que salga como salga el monto de la demanda las costas recan en el demandado y citada en garantia, aunque solo te den el 10% de lo que pediste, basta con ganar la demanda.
con respecto al daño moral, en mi provincia te dan el 10% del daño patrimonial, no el 20% como en otros lados.