fabidoc escribió:Corrijo para que se entiendasanher escribió:Hasta 09/1993, si opto por moratoria ley 24476 puedo cambiar códigos y categoria histórica. Si no opto por esta moratoria ahí si se debe respetar el PUC.Excelente, esa era MItesitura cuando explicaba que yo iba a seguir usando, en ciertos casos, Sicam II, porque me quedaban períodos con deuda, aunque estuvieren pagos
Si se opta por la Resol 592/79, hasta 06/1979 ( período hasta el cual abarcó esa moratoria) debo respetar el PUC desde el período que se acogió hasta 06/1979. Si igualmente necesito moratoria ley 24476 hasta períodos hasta 09/1993, va en SICAM 2.
Si no opta por la resol 592/79 (se entiende que en el formulario 558/A) si tiene periodos pagos mensuales posteriores al 10/1993 en adelante, ahí conviene hacer la ampliación en SICAM II ya que la deuda pasada se come el capital pagado con posterioridad a 10/1993 donde allí no tenemos moratoria.
Para optar por la Resol 592/79 se debió acogerse a la misma, es decir no se puede optar por esta resolución si en su momento no se optó.
Para evitar el colorinche en la situación de revista, se debe omitir agregar la categoría histórica, y solamente agregar el código de actividad. Si yo posteé esta explicación, y logré evitar el colorinche, fuí generoso y se los informé, no entiendo porque aún siguen preguntando porque les genera el colorinche cuando lo pueden evitar.
Muchos decían que la deuda es igual se haga o no Sicam II. Alguien que coincide, por suerte.
"La paz comienza con una sonrisa"
(Teresa de Calcuta)
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