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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #760002  por sutriz
 
Buenas Tardes
MARIO1943, muchas gracias por tú pronta respuesta. Respecto de la circ 3062 , en lo que hace a tener que acreditar con documental, el problema que surge es que la señora no tiene ningún documento lo único con que cuento son los pagos que aparecen en la pestaña "pagos"( todos hechos en tiempo y forma), ¿eso será suficiente?
El empleado en un momento preguntó si teníamos el formulario 162,estuve buscando en la pagina de afip, no lo encontré y no tengo idea de que trata, pero mi cliente no tiene nada.

Gracias y si pueden agregar alguna indicación, agradezco por su paciencia.
Saludos.
 #767381  por sutriz
 
Buenas noches
Actualizo este post . Luego de la infructuosa presentación en AFIP, agencia San Martín, y conforme la ayuda que MARIO1943 y sanher, me brindaron, hoy regresé a dicha agencia con multinota reclamando la incorporacion al PUC de los períodos comprendidos entre 11/1998 y 05/2001, invocando la Res. 3062 , 555/10 , Circ. 15/11, 33/11, 58/10, 49/10 y acompañando copia de las mismas, además de la impresión de la pestaña "consulta de pagos, todo resaltado en los puntos pertinentes. Luego de discutirme sobre si la 3062 era de afip, a pesar que les mostraba la impresión que acompañé, de desconocerme toda posibilidad de que tuvieran en consideración las circ. de anses, de manifestarme que sólo podian modificar períodos no prescriptos a lo que acoté que el sicam me avisaba con un cartel cuando intentaba cargar los períodos antedichos, que debía asistir a afip para solucionarlo y ante todo esto, de pedir me derivaran al asistente al ciudadano, llegaron, previas consultas entre la empleada que me atendió y otro al que consultó , a esto: debo presentar multinota solicitando el alta desde 11/1998 y baja ( no al 05/2001) al 06/2004 , que según ellos es la fecha en que debió haberse reempadronado.
Ahora, mi duda es, si pido el cese como me dicen al 06/2004, como los pagos comprenden desde 11/1998 al 05/2001 , se va a generar deuda desde 06/2001 a 06/2004. De modo que como voy por el 50% de años de aportes , con 12 /60 meses, aplicaría el decr. 526/95 por esa deuda , ¿lo estoy haciendo bien?

Espero haber sido clara. Desde ya, muchas gracias. Cuento con su paciencia y solidaridad. Saludos.
 #767622  por arielruiz86
 
Hay que distinguir si son periodos prescriptos (mas de 10 años de antiguedad) o si son No prescriptos. En los primeros no hay que ir a la afip, no son competentes (tu caso) directamente lo incorporas vos mismo y en los segundos si hay que ir a la afip (no te permite el sistema incorporarlo manualmente).
 #767701  por MARIO1943
 
sutriz escribió:Buenas noches
Actualizo este post . Luego de la infructuosa presentación en AFIP, agencia San Martín, y conforme la ayuda que MARIO1943 y sanher, me brindaron, hoy regresé a dicha agencia con multinota reclamando la incorporacion al PUC de los períodos comprendidos entre 11/1998 y 05/2001, invocando la Res. 3062 , 555/10 , Circ. 15/11, 33/11, 58/10, 49/10 y acompañando copia de las mismas, además de la impresión de la pestaña "consulta de pagos, todo resaltado en los puntos pertinentes. Luego de discutirme sobre si la 3062 era de afip, a pesar que les mostraba la impresión que acompañé, de desconocerme toda posibilidad de que tuvieran en consideración las circ. de anses, de manifestarme que sólo podian modificar períodos no prescriptos a lo que acoté que el sicam me avisaba con un cartel cuando intentaba cargar los períodos antedichos, que debía asistir a afip para solucionarlo y ante todo esto, de pedir me derivaran al asistente al ciudadano, llegaron, previas consultas entre la empleada que me atendió y otro al que consultó , a esto: debo presentar multinota solicitando el alta desde 11/1998 y baja ( no al 05/2001) al 06/2004 , que según ellos es la fecha en que debió haberse reempadronado.
Ahora, mi duda es, si pido el cese como me dicen al 06/2004, como los pagos comprenden desde 11/1998 al 05/2001 , se va a generar deuda desde 06/2001 a 06/2004. De modo que como voy por el 50% de años de aportes , con 12 /60 meses, aplicaría el decr. 526/95 por esa deuda , ¿lo estoy haciendo bien?

Espero haber sido clara. Desde ya, muchas gracias. Cuento con su paciencia y solidaridad. Saludos.
SI ES CORRECTO , TENES QUE APLICAR LA 526/95
AFIP, PUEDE DESCONOCER LAS CIRCULARES DE ANSES Y LA 555, PORQUE NO LE DIERON PARTICIPACION, PERO NO PUEDEN DEJAR
DE RECONOCER LA 3062, ENCIMA DUDANDO SI CORRESPONDIA A AFIPMARIO1943
 #767703  por MARIO1943
 
arielruiz86 escribió:Hay que distinguir si son periodos prescriptos (mas de 10 años de antiguedad) o si son No prescriptos. En los primeros no hay que ir a la afip, no son competentes (tu caso) directamente lo incorporas vos mismo y en los segundos si hay que ir a la afip (no te permite el sistema incorporarlo manualmente).
ARIEL, SE ESTA HABLANDO DE MONOTRIBUTO, POR LO TANTO EN ESTO CASOS , HAY QUE IR A LA AFIP SEAN PERIODOS PRESCRIPTO O NO, IMPOSIBLE CARGARLOS MANUALMENTE , EL SISTEMA NO TE LO PERMITE
 #767769  por arielruiz86
 
Ha cierto mario, tenes razón. Pero digo; porque no se aplicó el mismo criterio que para los autonomos en periodos prescriptos permitiendolo incorporar manualmente y estariamos todos ahorrando este peloteo de un lado al otro. Seria lo mas logico y practico.
 #768477  por sutriz
 
Buenas noches
Ante todo, quiero agradecer la ayuda de MARTO1943 Y arielruiz86. Les comento que estoy armando el multinota pidiendo que me den el alta al MT en 11/1998 y con baja en 06/2004, apoyando la prueba de la inscrip. en los pagos acreditados en sicam(11/1998 a 05/2001, todos en tiempo y forma) y en la impresion del sist. registral donde consta la baja a AUT. en 10/1998 :motivo :monotributo.
Ahora, el empleado de afip que me pidió que diera baja en 06/2004, me dijo que solicitara el alta bajo las siguientes categorias: impuesto 20-categoria 1agropecuario/no agropecuario, impuesto 21 aportante activo .Pero he leido que la categ MT no agropecuario va del 11/1998 a 03/2000, entonces, esta bien solicitar el alta como me indicó el empleado de afip?

Disculpen mi insistencia, pero quiero esta vez poder resolver este tema que me está impidiendo avanzar en el trámite de pensión.
Otra vez, muchas gracias.Necesito otro empujón. Saludos
 #776562  por sutriz
 
Buenas Tardes
Rescato el tema para contarles que por fin me han incorporado el período en cuestión a la pestaña "datos personales", luego de haber presentado el multinota conforme explique en mi entrada anterior.
Como habían pasado 10 dias desde la presentación del multinota sin que se reflejara la carga del PUC me presenté nuevamente en la agencia de AFIP, con la copia del multinota sellada y resultó que no habían cargado el reclamo. Ese día modificaron en el multinota que había presentado y no habían cargado, la fecha de baja , que ellos me habían pedido fijara en 06/2004 , y la corrigieron a la fecha del último pago que figuraba en la pantalla "consulta de pagos", cosa que yo habia hecho en la primera tentativa de presentación del multinota y ellos rechazaron determinando que la baja debía ser al 06/2004
Por fin apareció el período en el puc y lo cuento por si alguien en la misma situación le sirve mi experiencia. Ahora a tratar de armar la liquidación.

Aprovecho para agradecer especialmente la ayuda recibida. Saludos
 #776659  por arielruiz86
 
Viene al caso comentarles que ha pesar de que lo dice la normativa me tomaron ya varios casos en que habia pagos de monotributo en periodos prescriptos sin su correspondiente inscripción en la afip o fuera del PUC (antes o despues) y para evitar estas idas y venidas, sin nombrar los "peros" y obstaculos que pone la afip, no tuve la mejor idea, ya resignado, de cargarlo directamente en el sicam pero como autonomos y con cualquier actividad (no como monotributista porque el sistema no lo permite por el art 3 de la Res 3062 de afip). O se les pasó o no le constaban en los papeles por que lo renuncie a la vez (los borre). No es lo correcto, no es lo que dice la normativa, aunque para mi, como dije, se debiera permitir al igual que los autonomos incorporar estos periodos pagos siendo que se trata de periodos prescriptos. No se cual es el fin discriminar pagos de autonomos o de monotributistas que se pudieron haber echo equivocadamente pero fueron al fin y cabo echos en tiempo y forma (pagos contemporaneos).
 #776669  por arielruiz86
 
Aclaro que eran pagos de monotributo (98 al 01) simultaneos al periodo de autonomos adeudados reflejados en el PUC, por el tema de respetar el PUC posterior al 09/93.
 #783150  por mbsmjj
 
hola, en mi caso es puro autonomo, y el ultimo pago registrado es del 01/2010, en el puc figura como ultimo periodo al 12/2009
en mi caso tengo que ir a la afip con la multinota? o lo puedo arreglar del sistema?

gracias
 #783362  por arielruiz86
 
Las dos opciones son validas, pero si podes reimputarlo atraves de la cuenta corriente te ahorras tener que pasearte de un lado para el otro por los pasillos de la afip (a no ser que haya lindas señoritas para contemplar.......)