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  • urgente cuanto le puedo pedir pa gastos ?

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #274214  por 123justicia
 
ok son opiniones. pero el estacionamiento es un gasto.- o que es?
porque va a salir de los honorarios? :|
 #274261  por Hlws
 
No coincido con el tema de que "embromense si un abogado acepta un laboral", si bien es verdad que hay trabajadores muy humildes, JAMAS abono de mi bolsillo el bono, cedulas, fotocopias, viaticos (si voy a ver el expediente y tengo que estar todas las semanas concurriendo al juzgado, debo no cobrarle y hacerle "el favor"?). A quienes les guste trabajar gratis y hacer actos de altruismo los felicito, yo vivo de mi profesion.

Que suerte que otros colegas no gastan mas de $50 en los laborales, entre cedulas, fotocopias, impresora, tinta , hojas, en cualquier locutorio/cyber, las impresiones las estan cobrando $1 por hoja. Saquen la cuenta de todos los escritos que uno presenta. Pero claro como eso no se ve y "como le voy a cobrar" asi estamos, que muchos clientes vienen ya preparados con la mentalidad de que "laboral es gratis, yo nada tengo que pagar, ni siquiera el bono".
 #274293  por andrea1982
 
Bue.. sean coherentes!!! $1 la impresión en un ciber... cuántos abogados NO tienen computadora... También cobrale el arreglo de la impresora si se te rompe... y el aceite del auto, las cubiertas que se gastan, el par de zapatos que usas...
Che... me parece que el fin del abogado es ser auxiliar de la justicia y no un empresario.. Pero bueno, cada cual tomo la profesión como desee.
Soy estudiante, mi mamá hace años que es abogada, y trabajo con ella, no digo que por eso esté apta para opinar, espero que el gusto por la plata no cambie mi ideología.
Estoy de acuerdo con DAL, parece que los rosarinos no morimos por plata jajajajaja
 #274298  por docthos
 
pregunto nada mas sin desatar discordias pero si el viatico no esta incluido porque si por ejemplo es un estudio de la plata cobra un precio para una audiencia en la plata y otro bastante diferente para una audiencia en capital. El criterio para mi es ser claro con el cliente, nosotros tb somos trabajadores aunque en la mayoria de los casos por cuenta propia. Si tenemos gastos de inicio el monto que le pasamos son para esas cosas y para timbrados, sellito sellote bono ius y demas e incluso el abogado que se moviliza en micro como lei por arriba que el cliente le iba a decir viaja en micro ojo ahi nosotros ponemos las condiciones y a no regalar el tranajo tampoco pasarle por ejemplo el costo del zapatero pero la hoja la tinta el viaje o la nafta yo tb la pago o sea no me la dan gratis por ser abogado y si como pasa muchas veces el trabajador arregla por atras con la empresa sin avisar nada vos te quedas con que gastaste 200 mangos perdiste einte horas que podias estar haciendo otra cosa y eso no es justo.
 #274314  por Hlws
 
docthos escribió:pregunto nada mas sin desatar discordias pero si el viatico no esta incluido porque si por ejemplo es un estudio de la plata cobra un precio para una audiencia en la plata y otro bastante diferente para una audiencia en capital. El criterio para mi es ser claro con el cliente, nosotros tb somos trabajadores aunque en la mayoria de los casos por cuenta propia. Si tenemos gastos de inicio el monto que le pasamos son para esas cosas y para timbrados, sellito sellote bono ius y demas e incluso el abogado que se moviliza en micro como lei por arriba que el cliente le iba a decir viaja en micro ojo ahi nosotros ponemos las condiciones y a no regalar el tranajo tampoco pasarle por ejemplo el costo del zapatero pero la hoja la tinta el viaje o la nafta yo tb la pago o sea no me la dan gratis por ser abogado y si como pasa muchas veces el trabajador arregla por atras con la empresa sin avisar nada vos te quedas con que gastaste 200 mangos perdiste einte horas que podias estar haciendo otra cosa y eso no es justo.
Exactamente Colega, aquellos que ejercemos la profesion en forma independiente sabemos de lo que estamos hablando, nuestro trabajo es remunerado, no gratuito.

Saludos Cordiales.
 #298338  por fugitiva
 
Hola!
Estoy leyendo los post referidos al pacto de cuota litis, y por lo pronto tengo las siguientes dudas:
cuando se dice que de perder el pleito el abogado no cobra ... es asi de literal? o sea...nada de cobrar trabajo realizado?

Además, cuando la ley de honorarios dice que el pcl se aplica a los casos en que los resultados son aleatorios, deduzco que un cobro de alquileres, un desalojo , lo son... Entonces, en la mayoria de los casos existe esa aleatoriedad no? Porque he leido algunos fallos en los que al momento de presentar el pacto, el juez considera que por faltar esa aleatoriedad lo presentado no vale como pcl.

Se acostumbra pedir adelanto de honorarios teniendo firmado un pcl? De perder el juicio esa plata no se devuelve no?
 #298388  por diegogvillamayor
 
en que pacto leiste que si se pierde el abogado no cobra? nadie pone esa clausula.
siempre se cobra o por perder no significa que no trabajas.
casi tipico los laborales, tu cliente es la empresa y termina pagando un despido, que vos no cobras porque tu cliente "perdio".

siempre se cobra.
 #299063  por leoeuskal
 
Con los laborales hay que ser claros desde el inicio. Y decidir de antemano que actitud se va a tomar frente al cliente.
Lamentablemente no se puede saber que actitud va a tomar el cliente en el futuro.
Ojala todos se cerraran en la primera audiencia, todos contentos y a cobrar en 10 dias.....
Lo que si molesta es trabajar gratis, y no me refiero a NO COBRAR adelantos o gastos, sino a que te planten, te cambien, pierdan el interes, no tengan tiempo...... dispongan de tu tiempo, tus recursos, etc, y no asuman el compromiso de respetar el mismo compromiso que asumis vos al tomarle el caso, asesorarlo, etc, etc,.... Bah....
A veces es mejor no meterse.
 #299781  por fugitiva
 
Ok. Ahora no encuentro donde lei eso de que no cobra pero quizas mal interprete la idea de que cuando se pierde el litigio, el abogado tambien pierde.
Pero, luego de que respondieran que el abogado cobra igual , me pregunto en referencia a qué cobra.
Se supone que lo estipulado en el pacto es ley para las partes... entonces ese mismo convenio debe decir la base a tomar para los honorarios y el porcentaje en caso de resultados adversos?
Sigue en pie la pregunta sobre la aleatoriedad de mi post anterior.
 #300029  por DAL
 
Lo debi haber dicho yo. En mi jurisdiccion el pacto de cuota litis ( y cuando digo pacto de cuota litis me refiero a eso y NO A CONVENIO DE HONORARIOS) el pacto de cuota litis implica que el abogado no cobra de su propio cliente o comitente honorarios en caso de que su propio cliente no cobre. Como contrapartida por el riesgo asumido, cobra parte del capital. Por eso el pacto solo puede firmarse cuando existe incertidumbre sobre el derecho del cliente ( en esto juega la fecha en que se firma, más otros recaudos como fecha cierta, incorporacion al expediente, homologación, según la materia) y muchos jueces han rechazado un pacto de cuota litis que aparece firmado cuando ya desaparecio el alea propia del juicio ( es decir con sentencia o antes de su dictado luego de rendida toda la prueba).
Es claro entonces que en un laboral por la empresa, no hacemos pacto de cuota litis, ya que el abogado que el demandado no va a cobrar nada del trabajador. Que cuota de la litis podria pactar con su abogado??? si la empresa gana, el trabajador es condenado en costas y estas costas son el honorario del abogado, sin necesidad de que ningun pacto lo diga. Si se hace convenio de honorarios pero eso es otra cosa.
Uds. (no todos pero sí muchos) toman pacto de cuota litis como sinonimo de convenio de honorarios, pero no son sinonimos. El pacto de cuota litis es una especie de convenio de honorarios que tiene estas caracteristicas más o menos uniformes en todas partes. El convenio de honorarios peude tener las más infitinitas variables: que si te paguen si perdes, igual o menos que si ganas el pleito, en cuotas, en que etapa, que pasa si sustituyen el poder, si lo revocan, etc. Cuando hacemos un convenio de honorarios por una empresa demandada en un laboral, por ejemplo, le cobramos un monto fijado entre partes. SE toma por ejemplo lo que dara la regulacion y se divide y cobra por etapas. Lo más parecido a un pacto de cuota litis que se suele pactar es cobrarle al cliente un % de lo que el cliente se ahorre ( esto lo usamos en demandas muy infladas por ejemplo si el cliente acepta). Digamos que si lo demandan por 40.000 pesos y yo arreglo el juicio por 10.000, en lugar de cobrarle sobre el monto del pleito ( porque cuanto menos pague el cliente menos cobro yo, me perjuidico entonces puedo no pelear tanto el caso) le cobro sobre la diferencia, es decir mis honorarios van sbre 30.000 que es lo que se ahorro. SEgun las demandas y el ojo del abogado, se cobra entre un 5 y 15 de lo que el cliente se ahorra.