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  • Venta de Automovil sin Transferencia- Pago de Patentes

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 #598294  por silviamoreno
 
boqui57 escribió:Me dirijo a este organismo, en relación a la deuda que registra el vehiculo AUTOMOTOR marca........................................DOMINIO........ que fuera de mi propiedad, el cual ha sido vendido a ......................DNI........con domicilio actual en la calle........................................................................................, segun costa en la denuncia de venta radicada ante el Registro Automotor N°... con fecha.( fecha de la denuncia de venta).......... Que atento las reiteradas intimaciones recibidas a fin de que esta parte abone las patentes impagas que registra el vehiculo mencionado ut supra vengo a solicitar que en adelante se proceda al cobro de dicha deuda a quien es su tenedor actual lo que ha sido manifestado en el párrafo anterior. Ello en virtud de la ley vigente N° 25.232 en relación a la denuncia de la tradición del automotor para el caso de transferencia, que expresa lo siguiente en su Art N° 1...." ...". En consecuencia REITERO que toda la deuda que se registre debe ser liquidada al




actual tenedor del automotor.





Espero veas este mensaje porque hace mucho tiempo qu contestaste, pregunto te dio resultado la c.d. que mandaste a arba?, tengo un caso similar arba no toma l denuncia de venta porque existe deuda, ya inició juicio por patentes a mi cliente, lo conestesté con una excepción, y ahora lo intiman por nuevos perídos .
 #976626  por Silviaeroles
 
Hola: alguien me puede ayudar con un modelo de carta documento para intimar, en mi caso, a quien me vendio un automovil a que me entregue la transferencia del mismo? he tratado por todos los medios posibles a que me de la transferencia y no he tenido ningun resultado positivo, lo que ya me preocupa demasiado.
El tema es el siguiente: compre un auto, el vendedor figura como casado, se divorcio y debe anotar el 50% del automovil a su nombre, pero como no quiere gastar, me tiene colgada hace 3 años con la transferencia.
Quiero intimarlo a que me entregue la transferencia porque hace mucho quiero vender el auto y no puedo hacerlo sino tengo los papeles en orden.
Podria alguien facilitarme una C.D para intimarlo?
Muchas Gracias...!!!!!!!!!!!!!
 #1132026  por deivski
 
Buenas tardes, yo creo que ante una demanda por deuda de patente tranquilamente se podría plantear la falta de legitimación pasiva con fundamento en la siguiente norma:
REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR
Ley 25.232
Modificación de la Ley Nº 22.977, modificatoria del régimen aprobado por decreto ley Nº 6582/58, en relación con la denuncia de la tradición del automotor en el caso de transferencias.
Sancionada: Diciembre 1 de 1999.
Promulgada: Diciembre 23 de 1999.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Incorpórese como último párrafo del artículo 27 de la Ley 22.977 —Registro Nacional de la Propiedad Automotor— modificatoria del régimen aprobado por decreto ley 6582/58 (texto ordenado en 1973) el siguiente texto:

Además los registros seccionales del lugar de radicación del vehículo notificarán a las distintas reparticiones oficiales provinciales y/o municipales la denuncia de la tradición del automotor, a fin de que procedan a la sustitución del sujeto obligado al tributo (patente, impuestos, multas, etcétera) desde la fecha de la denuncia, desligando a partir de la misma al titular trasmitente.

Ese párrafo se incorporó en el artículo 27, referido a la denuncia de venta.

En un caso que me tocó, hice lo siguiente:
envié una CD al comprador en los siguientes términos: Remito a Ud. la presente en virtud de haber tomado conocimiento que aún no ha realizado la transferencia de dominio del vehículo marca "Chevrolet", modelo "Corsa Classic 3 puertas", dominio..., que le vendí mediante contrato de compraventa suscripto en fecha 08.02.15, momento en el cual, además del formulario 08 debidamente suscripto y certificado, le entregué la posesión del rodado y toda su documentación. En estas condiciones, INTIMO a Ud. a que en el plazo perentorio e improrrogable de 5 días formalice la transferencia a su nombre en el Registro de la Propiedad Automotor, con el apercibimiento de denunciar la situación ante el mismo, y requerir sin más el secuestro de la unidad. Asimismo, lo INTIMO a que en el plazo de 72 hs abone la suma de $1.241,00, que he abonado en concepto de patente del rodado referido, correspondiente al periodo marzo/2015 a febrero/2016, ambos inclusive, con apercibimiento de instar la pertinente acción judicial de cobro.
A todo evento podrá contactarse con el Estudio Jurídico .... QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO. NEUQUÉN, 19 DE FEBRERO DE 2016.

Esa carta documento fue devuleta por no haber sido retirada del correo, así que envié una CD al Registro donde está radicado el vehículo: Habiendo formalizado ante Ud. la pertinente denuncia de venta en fecha 18.2.15, a través del Formulario 11 nro. 05003041, del vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa Classic, dominio..., le remito la presente a los efectos de solicitarle que informe si ha cumplido oportunamente con la notificación "a las distintas reparticiones oficiales provinciales y/o municipales la denuncia de la tradición del automotor, a fin de que procedan a la sustitución del sujeto obligado al tributo (patente, impuestos, multas, etcétera) desde la fecha de la denuncia, desligando a partir de la misma al titular transmitente", a que hace referencia el último párrafo del artículo 27 del Régimen Jurídico del Automotor (Texto Ordenado por Decreto 1114/97, con las modificaciones introducidas por las Leyes Nros. 25.232, 25.345 y 25.677).
Asimismo, habiendo tomado conocimiento que el comprador denunciado oportunamente (Carlos Adrián ..., DNI ...) aún no ha formalizado la transferencia de dominio del vehículo indicado, solicito a Ud. que disponga -si aún no lo ha hecho- la prohibición de circular y el secuestro del automotor, debiendo el mismo quedar bajo depósito, en custodia del organismo de aplicación, quien lo entregará al adquirente cuando acredite haber realizado la inscripción y previo pago del arancel de rehabilitación para circular y de los gastos de estadía que hubiere ocasionado. Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente. NEUQUÉN, DE MARZO DE 2016.

Espero que sea útil a alguien. Y si tiene conocimiento que una falta de ligimación pasiva -en este marco- no funciona, por favor avisen. Saludos a todos.