A mi me sirven que me tiren abajo un poco cuando hago una consulta porq me sirve para armar mejor mi estrategia y preveer como se puede llegar a defender la otra parte y asi voy mejor preparado a enfrentar el conflicto. En ese entendimiento y sin intenciones de desmoralizarte te digo:
1) Para mi no se aplica el art 57 LCT porque no intimaste a que aclare en 48 horas o 2 días (en cualquier caso siempre son habiles) sino que iontimaste a que en 30 días regularice la situacion laboral.
2) a esta hora ya estoy medio quemado por lo que no logro darme cuenta si hay "Actitud maliciosa del empleador", eso solo existirá si te niega la tarea despues de estar notificado del pedido de rgularización, sino eso tal actitud no existe.
3) el kid de la cuestion, a mi humilde entender, está aca:
Igualmente en derecho todo es discutible y siempre podes reclamar lo que el trabajador se crea con derecho porq el proceso es gratis para el, pero esa es la "actitud ruptirista" y el principio en derecho laboral es la continuidad del contrato de trabajo.
Prepará bien la estrategia y reclama, de última en la marcha ves mejor como va la mano y se puede intentar una transaccion.
1) Para mi no se aplica el art 57 LCT porque no intimaste a que aclare en 48 horas o 2 días (en cualquier caso siempre son habiles) sino que iontimaste a que en 30 días regularice la situacion laboral.
2) a esta hora ya estoy medio quemado por lo que no logro darme cuenta si hay "Actitud maliciosa del empleador", eso solo existirá si te niega la tarea despues de estar notificado del pedido de rgularización, sino eso tal actitud no existe.
3) el kid de la cuestion, a mi humilde entender, está aca:
ErwinAndreThiago escribió:La patronal recibio el TCL por Falta de Registracion el 11/6 10:33 este va por 30 dias. La negativa de tareas Recibe la empleadora el 12/6 10:10 este fue por 48 hs. Apercibimiento efectivo por silencio se mando el 18/6 12:00. Se recibe rechazo de la empleadora e intimacion a presentarse a laborar el 19/6 11:30.tenes que fijarte si llego primero la que se considera despedido o llego primero la intimacion a presentarse a trabajar, si llego primero el despido indirecto estas JOYA. Si llegó primero la intimacion a presentarse a trabajar eso tendría q haber hecho el trabajador. Por lo que estará mal considerarse despedido si te están intimando a que te presentes a trabajar.
Igualmente en derecho todo es discutible y siempre podes reclamar lo que el trabajador se crea con derecho porq el proceso es gratis para el, pero esa es la "actitud ruptirista" y el principio en derecho laboral es la continuidad del contrato de trabajo.
Prepará bien la estrategia y reclama, de última en la marcha ves mejor como va la mano y se puede intentar una transaccion.
GALO