Hasta ahora he usado art. 3 ley 24476 en periodos dentro del sicam, tengo un caso donde no necesita moratoria ni liquidacion en sicam, ya que tiene relacion de dependencia, pero me estaría faltando un año. Mi pregunta es ¿puedo declarar un empleador y aplicar art. 3 ley 24476 o tengo que hacer si o si el sicam?
En ese caso se utiliza el art. 38 de la ley de jubilaciones, el 3 para la 24476 ( y el sicam)
BYE BYE