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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #45677  por tistestis
 
Hola! Tengo un cliente que está mal categorizado. Vamos a presentar un telegrama -¿o conviene carta documento?en el que solicitamos la adecuación a la categoría correcta y el pago del retroactivo, bajo apercibimiento de considerarse despedido sin causa. Preguntas:
1- ¿en qué plazo se considera despedido? ¿48 hs.?, ¿un mes?
2- ¿Tengo que enviar el telegrama también a la AFIP?
3- ¿Tengo que citar alguna ley o multa en especial?
Lamento lo básico de las preguntas, pero soy principiante. Saludos y gracias.

 #45698  por sergiosky
 
tenes que enviar un TCL (telegrana carta ley) de mas de 30 palabras si pensas decir algo extenso, el TCL lo retiras gratis del correo, lo llenas con los datos y se lo das a tu cliente porque el lo tiene que firmar en el correo, debe llevar DNI, no se admiten los TCL firmadas por el profesional debido a que la gratuidad del envio es solo para los trabajadores, es decir...podes firmarlo vos pero tendras que pagar por el envio, si lo firma tu cliente es gratis, lo redactas en 3 ejemplares donde uno queda para tu cliente, uno para el correo (en caso de que en un futuro juicio desconozcan la documental, deberas pedir prueba informativa para que el correo acompañe el TCL al expediente para confrontar con el que presentas vos), el restante va al destinatario.
intima por un plazo de 48 o 72 hs. como gustes, bajo apercibimiento de aplicar las multas de la ley 24013 por mal categorizacion. a mi entender si no te contestan el TCL deberás si o si mandar otro TCL reclamando los rubros debidos porque te consideras despedido indirectamente (en el primer TCL no, ya que no podes manifestar en el TCL que si no te contestan te vas a consideerar despedido y detallar por si acaso los rubros que pedirias), en el segundo TCL detalla los rubros que reclamas con apercibimiento de iniciar demanda y reclamar las multas debidas (ley 25323, 25345) ya que te obligarian a tener que recurrir a la via judicial para reclamar los rubros que te deben (en caso de que no te contesten el TCL o te lo rechacen).
y si...tambien envia TCL a la AFIP para que tomen conocimiento de lo que esta sucediendo.
 #46156  por tistestis
 
Gracias a los dos por la pronta respuesta. Cuando tenga el modelo de telegrama -leandroklink ya te lo pedí por e-mail- por ahí les escribo de nuevo para hacerles alguna consultita más que tengo, pero que quizá se vea evacuada por el modelo de telegrama.
Saludos