Estimados: Tengo un despido con telegramas todo hecho por otro colega, el tema es que tengo que iniciar la demanda y la categoria del trabajor era la de pintor, osea entra dentro de la ley 22.250, pero lamentablemente en los telegramas no se hace mencion a esa ley y cierran intercambio considerandolo despedido pero sin intimar por esa ley, y sin solicitar libreta fondo de desempleo, Ahora yo en la demanda no puedo hacer la liquidación conforme la ley 22.250 no?? tengo que dejar todo como esta?? saludos y perdon por la pregunta, la demanda la tengo que inicar en provincia. saludos
