Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • AYUDA! SE PUEDE APELAR EL AUTO DE APERTURA A PRUEBA?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #569235  por LawyerG
 
Hola foristas, mi pregunta es bastante corta:

¿Se puede apelar el auto de apertura a prueba?

Es una causa laboral en Capital, voy por la demandada empleadora, en el auto de apertura a prueba me deniegan varios puntos que impugne sobre la percial contable que resultan IRRELEVANTES, entre ellos:
1) Un punto sobre como esta constituida la sociedad (La demandada es una persona fisica no hay sociedad aca)
2) Revisar en elos libros contables todos los empleados que hay (Los empleados no son parte en la causa, ¿no se vulnera el derecho de privacidad, ventilando datos de personas que resultan ajenas al proceso?).-

El procedimiento se rige por la LO (Ley 18.345).-

Yo tengo pensado hacer esto, presentar revocatoria con apelacion en subisidio, me notificaron hoy, asi que me quedan 3 dias, por ello necesito que alguien me ayude urgente!, se que las apelaciones son con efecto diferido, pero que pasa si el perito ventila datos de personas que resultan ajenas al proceso? por mas que mas tarde pueda sustanciar esa apelacion con la sentencia definitiva el daña ya va a estar hecho!.-

Desde ya, Muchas Gracias.-
 #569245  por Romina34
 
sobre el punto 1, ni me gastaría en apelar, el perito dirá que no puede responder porque no se trata de una sociedad, sino de una PF. y fin del tema.
sobre el punto 2, no entiendo el punto de la pericia en cuestión. explicate un poco mejor.
saludos,
 #569249  por LawyerG
 
Romina34 escribió:sobre el punto 1, ni me gastaría en apelar, el perito dirá que no puede responder porque no se trata de una sociedad, sino de una PF. y fin del tema.
sobre el punto 2, no entiendo el punto de la pericia en cuestión. explicate un poco mejor.
saludos,
Te explico, vos tambien explicame que significa de una "PF" porque no lo entendi.-

Sobre el punto 2 te comento, que en uno de los puntos de la pericia la actora solicita que el perito informe los empleados que ingresaron y egresaron para trabajar con la demandada, acompañando, nombres y apellidos, direccion, Nº de DNI, remuneraciones percibidas y todo otro dato que resulte de utilidad. Yo lo que impugne es que este punto resulta irrelevante, porque se afecta el derecho de privacidad de esos empleados que no forman parte de la causa, ventilandose sus remuneraciones ingresos y egresos, teniendo en cuenta que es una causa publica. A su vez si otros empleados no fueron registrados ello no implica que el empleador se haya manejado de la misma forma con la actora, sobre esta cuestion el juez no manifesto absolutamente nada en el auto de apertura a prueba, es decir ni dijo que resulta improcedente, ni tampoco dijo que se tiene por impugnado dicho punto.-

Por ello sobre el particular del Pto. 2 estoy evaluando si presento una revocatoria con apelacion en subsidio, pero vuelvo a lo mismo de antes, un auto de apertura a prueba laboral en capital, se puede perdir revocatoria con apelacion en subsidio?, se apela directamente sin revocatoria? es inapelable?.-
Supongamos que es apelable, y me lo dan con efecto diferido, obviamente los agravios los expresare a la camara, pero si el perito ventila los datos de los empleados (Tales como nombres direccions dni, cuanto ganaban) el daño ya va a estar hecho.-

Comentame que opinas, gracias!
 #569320  por loladol
 
No, como se va a apelar el auto de apertura a prueba, es inapelable, yo soy de santa fe pero me supongo que será así, por una cuestión lógica, no se puede apelar, se produce la apertura a prueba como una etapa del proceso. Ahora bien, si podrás impugnar las pruebas en sí, eso es otra cosa. Igual no veo el fundamento del daño que invocas, no me parece que exista ese daño, y sí la forma de comportarse de la empleadora respecto de sus empleados sienta una presunción de como se comporta me parece.... igual espera otras opiniones. Respecto a la Pericial, impugna los puntos que no estas de acuerdo y fundamentalos, pero para mí se realiza igual y el momento para impugnarlos es en el alegato, salvo que fueren vicios formales entonces sí, se impugnan tenés 3 días desde la not + el dé gracia, y se sustancia y se resuelve , al menos así funciona aqui en prov de santa fe. Espero te sirva el aporte. Exitos.
 #569437  por Romina34
 
PF= persona física.
Sobre el punto 2, mirá, no se que se querrá probar en ese expediente, por lo tanto no se si ese punto de la pericia que comentas es útil o no a los fines de probar el fondo de la cuestión.
No se si es para tanto, el perito tampoco publicará en el diario la info que obtenga, solo la volcará en su informe para el expediente... y si bien se incluirán datos de otros empleados, cuál sería el daño que podrían sufrir? pero daño puntual, no en forma genérica..
En un caso que tuve, el actor apeló el auto de apertura porque el juez negó una prueba solicitada por él, presentó reposición con apelación en subsidio. La reposición la rechazaron por improcedente y se tuvo presente la apelación, pero finalmente tal cuestión nunca fue tratada.
Espera otras opiniones.
Saludos,
 #570343  por LawyerG
 
Romina34 escribió:PF= persona física.
Sobre el punto 2, mirá, no se que se querrá probar en ese expediente, por lo tanto no se si ese punto de la pericia que comentas es útil o no a los fines de probar el fondo de la cuestión.
No se si es para tanto, el perito tampoco publicará en el diario la info que obtenga, solo la volcará en su informe para el expediente... y si bien se incluirán datos de otros empleados, cuál sería el daño que podrían sufrir? pero daño puntual, no en forma genérica..
En un caso que tuve, el actor apeló el auto de apertura porque el juez negó una prueba solicitada por él, presentó reposición con apelación en subsidio. La reposición la rechazaron por improcedente y se tuvo presente la apelación, pero finalmente tal cuestión nunca fue tratada.
Espera otras opiniones.
Saludos,
Varias cosas Romina, en realidad no quiere probar nada con los puntos de la pericia, si ves la demanda es totalmente evidente que hizo "copiar pegar" de puntos de pericia de distintas demandas, es decir hizo un combo de puntos de pericia, lo que no corresponde porque aca se trata de una persona fisica y monotributista, mas que el libro de sueldos la ley no le exige llevar ningun otro tipo de libros contables, por ello se impugnaron mas de 10 puntos de la pericia que pedia otro tipos de libros, como estaba conformada la sociedad y demas cosas que nada tiene que ver con esta causa.-
El daño concreto que se genera es que se ventilan datos de personas que no tienen nada que ver en el proceso, como ser sus nombres, Nº de DNI, domicilios reales, remuneraciones percibidas en el año, Nº de CUIT, y tipos de tareas que realizan, es irrelevante toda esta informacion para la causa de una trabajadora que se coloco en situacion de despido para reclamar multas de la 24.013, entiendo que la intencion es demostrar que no tiene a nadie registrado en blanco, pero ello no es asi estan todos registrados!. Aun cuando no los tuviera registrado, nada implica para la parte actora que porque otros empleados estuvieran en negro ella tambien lo estuviera, de hecho estaba registrada. Buscar presunciones en todo es un exceso, mas aun en empleados que no son parte del proceso. ¿Para que necesita saber la actora cuanto gana cada uno de sus ex compañeros? o cuando ingreso cada uno, se vulnera el derecho de privacidad de la nomina de trabajadores sin sentido, ese es el daño concreto. En otros Juzgados fundamente esto y rechazaron los puntos de pericia que tenian que ver con brindar informacion personal de los empleados que no son parte del proceso.-

Otro forista de Santa Fe dijo que el auto de apertura a prueba es inapelable, si no me equivoco eso surge del codigo procesal, pero a lo que voy es, entonces ¿el Juez (o el que redacta que muchas veces ni lee los escritos) puede decretar lo que se le de la gana en el auto de apertura a prueba total despues es inapelable?

Desde ya muchas gracias por sus comentarios.-
Saludos
 #570372  por Romina34
 
Mirá en el caso que te comenté, que el actor presentó reposición con apelación en subsidio, le rechazaron la reposición pero aceptaron la apelación, luego, la apelación nunca fue tratada. Desconozco porque, como a mí me favorecía el punto que le habían rechazado dado que fue un punto al que yo me opuse, nunca me preocupé.
Lo único que puedo decirte, es que lo intentes, argumentando con lo que comentas.
Saludos,
 #570643  por loladol
 
Sí! el auto de apertura a prueba es inapelable, lo que vos tenes q atacar son los puntos de la pericial. O sea un escrito de apelación del auto de apertura a prueba es improcedente, se impugnan los puntos de la pericial y el Juez decidirá si es improcedente o no.