Por supuesto, son servicios que pueden tener regulación específica pero que en la medida que configuren relaciones de consumo, serán además sujetas a las disposiciones de la LDC.
Colegas: las lineas aéreas están alcanzadas por la ley de defensa del consumidor. otra cosa es si uds. quieren ir a reclamar en sede administrativa, allí no van a tener suerte, porque están exceptuadas por defensa del consumidor en esa instancia como otros rubros. <Se los comento porque justamente estoy con un tema propio contra cubana de aviación.
En el caso de que no prospere por via administrativa el reclamos. Cuales serian los presupuestos que necesitaria para iniciar en sede judicial?. tengo un caso y estoy perdida. Gracias
Colegas entiendo que los reclamos contra las Cias Aereas no corresponden a la ley 24.240 y sus modificatorias,se deben remitirse a la Convencion de Varsovia y sus modificatorias no recuerdo especificamente,creo que Montreal.Ygualmente hay que plantear por la ley del Consumidor en una de esas pasa....