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  • ARBA- Denuncia de un sistema corrupto de percepciones

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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #582278  por kmzero
 
Qué tal a todos?
Bueno, planteo mi caso, a ver qué piensan y si se les ocurre algo más:
Como todos saben(es decir, "sufren") el invento de Arbanet determina el impuesto a pagar sobre la base de percepciones de agentes de recaudación, entidades bancarias y aduana. Resulta que tengo muchos casos de comercios (almacenes), que dada la modalidad de trabajo de proveedores que llevan la mercadería a su local, no siguen la regla de pedido/remito/factura. La mayoría no tiene remito de la mercadería y sólo obtienen las facturas más tarde.
El gran incoveniente con el sistema de arba es que cada mes estos comercios tienen una cantidad de percepciones insólitamente superior a la que figura en las facturas. Como obviamente no puedo acceder al detalle de estas sino sólo al final del año, no me enteré antes que todas esas percepciones están supuestamente respaldadas por decenas de facturas que el cliente no compró, pero sí figura su cuil.
La única explicación posible, investigando fue la siguiente:
En algunos lugares es conocida la práctica que tienen algunos hipermercados/mayoristas y distribuidores de "prestar" el n de cuil de clientes que tienen, por ejemplo, el permiso de bebidas alcohólicas sin su consentimiento, a otros que no lo tienen. Antes no pasaba a mayores, pero ahora, a fin de año, el cliente al que le usaron el n de cuil se encuentra con una OTA (obligación tributaria anual) de 300% más de la realidad. Inflada por los usos indebidos de su cuil.
Esto es un problema muy serio, y dada la unilateralidad de la obtención de datos, casi una trampa, ya que si las facturas existen, están cargadas en el sistema, en una cuenta de ii bb, no se pueden borrar. ¿Habrá alguna equivocación o es el reflejo de lo que lo acabo de contar?
¿Quiénes son los culpables?¿Los distribuidores?¿Arba?¿El sistema corrupto? ¿Mis clientes que no piden remito?¿La ausencia de control para exigir remito/factura?
Saludos
 #582909  por GyD
 
La verdad, es que también muchos almacenes se tomaron la costumbre de tirar facturas, precisamente con fundamentos en que los mayoristas le están vendiendo a otros con su CUIT. ¿a quien creerle?
El Arbanet te permite declarar y pagar lo que consideres. Podrían por tanto tomar las ventas por su verdadero importe y las percecciones por el que figura en rentas, aunque descoscas las factuas, alguien pagó la percepción por vos.
Saludos.
 #582964  por aboglp
 
GyD escribió:La verdad, es que también muchos almacenes se tomaron la costumbre de tirar facturas, precisamente con fundamentos en que los mayoristas le están vendiendo a otros con su CUIT. ¿a quien creerle?
El Arbanet te permite declarar y pagar lo que consideres. Podrían por tanto tomar las ventas por su verdadero importe y las percecciones por el que figura en rentas, aunque descoscas las factuas, alguien pagó la percepción por vos.
Saludos.
Arbanet - al contrario del impuesto autodeclarado- no permite pagar y declarar lo que consideres, si no que es la misma autoridad de recaudacion la que liquida el impuesto tomando como parametros entre otras cosas base los ingresos del año anterior.
 #582975  por Reynaldo
 
aboglp escribió:
GyD escribió:El Arbanet te permite declarar y pagar lo que consideres. Podrían por tanto tomar las ventas por su verdadero importe y las percecciones por el que figura en rentas, aunque descoscas las factuas, alguien pagó la percepción por vos.
Saludos.
Arbanet - al contrario del impuesto autodeclarado- no permite pagar y declarar lo que consideres, si no que es la misma autoridad de recaudacion la que liquida el impuesto tomando como parametros entre otras cosas base los ingresos del año anterior.
Totalmente de acuerdo con GyD. Es posible autodeclarar los verdaderos ingresos del mes, y por ende el impuesto determinativo. Es la (ya no tan) nueva novedad del ARBANET.
 #587643  por kmzero
 
Claro, pero se están olvidando de algo imporante:
Como dije antes, la OTA (Obligación Anual Tributaria) no permite desconocer las facturas con las percepciones que ARBA tiene en su sistema.
Uno puede autodeterminar, sí, el impuesto mensual. Pero a fin de año, la Declaración Anual suma los anticipos declarados, los contrasta con la original calculada por ellos y determina LO QUE FALTA PAGAR.
Es, por lo tanto, virtualmente imposible desconocer, a no ser a través de una denuncia, las PERCEPCIONES que figuran en las facturas. Como dijeron, las percepciones las pagaron otros, de acuerdo, sin embargo, esas compras inflan el impuesto anual, porque ¿se acuerdan? ARBA me exige un impuesto mayor al que me corresponde, como yo lo modifico, no lo pago. Pero a fin de año fiscal ¿Cómo evito que me exija lo que falta según sus cálculos, si las facturas en el sistema muestran una actividad mayor?
ES ALGO BASTENTE SERIO.
 #588071  por GyD
 
Guau, yo no puede entrar en el Arbanet para que me salga la liquidación de Agosto, y acá ya les sale la del 2010!!! :o
La del 2009 no vale como ejemplo porque es lo que modificaron. Y si mal no recuerdo se podía cerrar en disconformidad y te devolvían el crédito fiscal de las retenciones bancarias...
Saludos.
 #592895  por kmzero
 
No se trata de retenciones bancarias, sino de Percepciones en los comercios mayoristas.....
Parece que no logran ver el inconveniente, todos dan respuestas sin analizar el caso.
Saludos
 #592934  por Reynaldo
 
Entiendo tu punto, pero, en última instancia, el sistema de percepciones SIEMPRE tuvo ese problema. Nada más que ahora se hace mucho más online.

El tema pasa por el proveedor y el uso indebido del CUIT de tu cliente.

Quizás, una solución sería solicitar al proveedor las facturas informadas. Lamentablemente, ésto recién aparece al finalizar el año y cuando se está realizando la dj anual.

Y no recuerdo si se pueden eliminar las percepciones que aparecen al hacer la anual, como para que no impacte en los ingresos declarados...
 #593880  por GyD
 
A ver si ponemos un poco de orden en las ideas... aunque los de ARBA que son mas peligrosos que mono con ametralladora, tampoco les podemos achacar las poquitísimas cosas que son correctas.
Si un individuo compra a mi nombre u otro individuo a sabiendas le vende cual si me vendiera a mí, esa operación es un delito y como tal debe ser planteada, denunciada e investigada.
Ahora bien, si como fruto de ese delito me aparecen mas retenciones porque me fueron facturadas compras que no hice, la recopilación de esa información no es de por si errada ni arbitraria, dado que los sistemas tributarios no tienen porque estar diseñados para contrarrestar formas delictivas en las etapas declarativas, en todo caso para eso están las etapas de auditoría fiscal.
El sistema en si mismo no es arbitrario. En todo caso, el sistema de acreditación a los fines de la emisión de una factura puede ser deficiente.
Del mismo modo, alguien podría hackearme una clave y presentarme una DDJJ por una suma astronómica a pagar, pero no es el sistema en si mismo lo que está mal, sino el hecho delictivo cuya principal responsable es un particular...

:? :? :? :? :?
Ché, miren lo que me hacen hacer: es la primera vez en la vida que defiendo el accionar de la administración y para colmo de ARBA... si no fuera porque ya lo escribí, lo borraría... :twisted: :twisted: :twisted:
Saludos.