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  • divorcio - ultimo dom conyugal en peru

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #583536  por Camy
 
hola colegas!
los molesto porque me está por caer un divorcio medio complejito.-
Los cónyuges son, ambos, de nacionalidad peruana.
contrajeron matrimonio en argentina aprox en 1997,
vivieron en capital federal hasta 2002,
en 2002 se fueron a Perú.- Estuvieron viviendo juntos 6 meses y se separaron de hecho allí en perú.-
en 2007 viaja a argentina el marido.-

conforme el código civil art. 164 "la disolución del matrimonio se rige por la ley del último domicilio de los cónyuges"
y el 227 dispone que la acción de divorcio vincular la las que versan sobre los efectos del matrimonio deben intentarse ante el juez del último domicilio conyugal efectivo o ante el del domicilio del demandado.-

o sea que se regirá por la ley peruana el divorcio y debe entablarse ante sus jueces

tengo alguna manera de traerlo a argentina? Estoy medio mareada.- he estado leyendo internacional privado y al respecto mis neuronas estan con telaraña así que cualquier idea es valedera
saludos
y gracias x adelantado
 #584694  por diegogvillamayor
 
si es mutuo acuerdo denuncia ultimo domicilio aca en argentina.
si es contradictorio, es complicado, no se lo que dicen las leyes peruanas, pero entiendo que tramitaria haya.
Otra es denunciar como ultimo domicilio el tenian cuando vivian aca.
Otra si es contradictorio es denunciar domicilio aca, y que la persona que vive en peru apodere a un letrado aca y corra con todos los gastos tu cliente.

no se me ocurre mas nada.
 #585227  por anna48
 
Hola! lee el Tratado de Montevideo de 1940 que es el que rige en estos casos, es decir que te vá a decir que ley interna rige si la de argentina o la de Perú, pero si no me equivoco es el último domicilio conyugal (generalmente el del documento), ojo porque tenes que tener en cuenta en el tratado tambien lo de jurisdicción! El tratado es claro, y por lo que recuerdo Perú no objeta ninguno de esos artículos... Perdón pero dí Privado en el 2003.. y es todo cuanto recuerdo!!
 #585435  por Camy
 
muchísimas gracias a ambos colegas por las respuestas!!!! no me llegó notificación al correo por eso no respondí con anterioridad.-

lo bueno sería que tramite acá.- supongo que en perú le van a exigir que la partida de matrim se legalice y además registré allí previo al divorcio, tal vez por ahí agarre a la cónyuge para que se haga aquí, aunque luego la sentencia argentina tendrá que legalizarse y registrarse allí.-
en fin, luego les comento como sigue la cosa veré que onda la cónyuge que está en perú.-
saludos enormes, y nuevamente gracias por la colaboración!!!!!!ya estoy con los tratados de montevideo en mano y a estudiar bien este finde.-