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  • Reclamo a ART más allá del año

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #586572  por doctoramancuso
 
Estimados colegas:
Advierto algunas lagunas legales con respecto a una situación: un empleado se accidentó, la ART le pagó prestaciones médicas por un año. luego, reingresa a trabajar, la Comisión Médica le determina incapacidad definitiva y la ART paga, pero la misma comisión Médica ordena reencause del tratamiento por haberse dado mal el alta. Ahora bien, ¿la ART no tiene que seguir haciéndose cargo de las prestaciones dinerarias? En este caso, está pagando el empleador, pero se hizo reserva por carta documento de pedir el reintegro. ¿Por otra parte de qué forma puede el empleador desvincularse del empleado en una situación así sin riesgo de que le inicien juicio por accidente? Las preguntas son dos entonces: La Art debe hacerse cargo de las prestaciones dinerarías más allá de la que corresponde por ILTemporaria? ¿Qué alternativas me sugieren para que el empleador no siga atado y obligado a pagar un salario para que el empleado no se de por despedido?
Gracias
Gisela Mancuso
 #587507  por DrCiclón
 
doctoramancuso escribió:Estimados colegas:
Advierto algunas lagunas legales con respecto a una situación: un empleado se accidentó, la ART le pagó prestaciones médicas por un año. luego, reingresa a trabajar, la Comisión Médica le determina incapacidad definitiva y la ART paga, pero la misma comisión Médica ordena reencause del tratamiento por haberse dado mal el alta. Ahora bien, ¿la ART no tiene que seguir haciéndose cargo de las prestaciones dinerarias? En este caso, está pagando el empleador, pero se hizo reserva por carta documento de pedir el reintegro. ¿Por otra parte de qué forma puede el empleador desvincularse del empleado en una situación así sin riesgo de que le inicien juicio por accidente? Las preguntas son dos entonces: La Art debe hacerse cargo de las prestaciones dinerarías más allá de la que corresponde por ILTemporaria? ¿Qué alternativas me sugieren para que el empleador no siga atado y obligado a pagar un salario para que el empleado no se de por despedido?
Gracias
Gisela Mancuso

La ART se tendría que hacer cargo del pago de las prestaciones dinerarias, y el empleador no está nunca "atado", está obligado; el que suele estar atado a su empleador es el trabajador por lo general.
 #587546  por agentil
 
La art tiene que pagarle todo al trabajador y en cuanto a la 2º pregunta el empelador debe esperar que vensa el plazo de pago de haberes y notificar la reserva de puesto y ahí si esperar el año para desvincularlo sin indemnización, saludos!!