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  • pregunta extincion en periodo de prueba.

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #590293  por eltam88
 
Hola foristas, apelo a su experiencia. Mi cliente renunció a un empleo en período de prueba yo pretendo reclamar por los días que trabajó, Sac proporcional y correspondería requerir la entrega de certificados de trabajo del artículo 80.
Muchas gracias.
 #590302  por "doctoraZA"
 
claro que si pues de lo contrario si no estan esos certificados la relacion laboral no esta registrada entonces a parte de la multa por la falta del certificado se entiende q el empleador renuncio al periodo de prueba.- con lo cual le podrias reclamar las multas especificas 25323 art 1 porque la relacion ya estaba extinguida asi le sacas una moneda mas es lo que yo haria espera el respaldo de mi comentario por Gu o por Dal o colega con similar experiencia, saludos.-
 #590320  por eltam88
 
Gracias por tu respuesta soy muy nuevo, lo que me había generado una duda era si también correspondía indemnizacion por vaciones proporcionales, pero leyendo me doy cuenta que no porque es una indemnización y la extinción en periodo de prueba exime al empleador de pagar indemnizaciones.
Creo que es así no?
 #590332  por "doctoraZA"
 
mira hay cosas que se deben pagar al termino de cualquier extincion laboral independientemente de cualk sea la causa de la ruptura es decir ( renuncia, despido indirecto, despido con causa etc) asi es que en tu caso el empleador deberia pagar ( ojo indemnizacion por antiguedad aca no hay, tampoco preaviso int mes despido porquer tu cliente renuncio) haberes pendientes, vacaciones proporcionales ( 1 dia por cada 20 trabajados) sac proporcionalgratificaciones adicionales conceptos no remunerativos, asignaciones familiares etc le corresponden aunque haya renunciado.- saludos por supuesto exigi por tcl los certificados del art 80 asi te haces acreedor de la multa y verifica en la pag de Afip ( q tu cliente te de la clave fiscal) si esta el alta porque si no esta registrado procede lo q te dije en el post anterior suerte.-
 #590573  por eltam88
 
Doctoraza, yo dudaba con la indemnizacion sobre vacaciones no gozadas porque es una indemnización y en el artículo 92 bios LCT dice que las partes podrán extinguir la relación laboral sin tener que pagar indemnizacion.
Igual la reclamo, me gustaría igual si podes o alguien que me explique si hay algún debate en torno a esto o como lo interpreta la doctrina jurisprudencia, yo no pude encontrar nada.
Gracias y perdón si me pongo pesado
 #590585  por GU
 
No hay discusion al respecto, procede SIEMPRE el pago de las vacaciones proporcionales.

En primer lugar el 92 bis establece que cuando la relacion se extingue durante el periodo de prueba no hay "derecho a indemnizacion con motivo de la extincion". Con ello se refiere a la indemnizacion por antiguedad, dejando expresamente aclarado luego que hay obligacion de preavisar, por lo que si no hay preaviso, hay indemnizacion sustitutiva de preaviso (igual no es tu caso, que es una renuncia).

Despues, el 156 expresamente establece que "por cualquier causa se produjera la extincion del contrato de trabajo". En sentido amplio, podriamos encasillar el periodo de prueba dentro del "cualquier causa".

Despues, todo lo que te dijo DortoraZA esta perfecto, con la unica aclaracion que el hecho de que no esten los certificados no implica per se que la relacion se encuentre sin registrar (y por ende sea procedente el Art. 1 de la 25323).

Salutes!
 #590594  por eltam88
 
Gracias Gu, cuando pueda intentaré ayudarte a ti y a todos los foristas.GRACIAS GRACiAS
 #590898  por "doctoraZA"
 
gracias gu, sabes que yo lo decia porque siempre q intimas por los del 80 te contestan q los del 52 estan atu disposicion jaja por eso relacione, pero fui cauta le dije al forista q espere la confirmacion de mi post o rechazo por alguien con mayor experiencia .... saludos.-