Un cliente me consulta lo siguiente: tuvo una operación de rodilla por medio de la ART, y ahora lo despiden (todavía no esta recuperado). El tema es que debe hacer rehabilitación una vez que le den el alta. La ART al estar despedido ¿se desentiende de dicha rehabilitación? ¿Debería la Obra Social hacerse cargo?
¿La ART le debe algún tipo de indemnización? Por más que lo haya operado, se puede reclamar la vía civil por el accidente?
Muchas Gracias.
Anab.
¿La ART le debe algún tipo de indemnización? Por más que lo haya operado, se puede reclamar la vía civil por el accidente?
Muchas Gracias.
Anab.
