Hola a todos. Tengo dudas con esto. Mi cliente sufrio lesiones dentro de un micro que lo transportaba hacia San Luis. A la altura de Pergamino, se cayo dentro del micro y fue asistido por ambulancia de Pergamino. Continua viaje hasta San Luis, alli le realizan estudios. Vuelve a Bs As y sigue en tratamiento. Quiere realizar el reclamo y las lesiones, donde debe efectuar la denuncia penal? El reclamo ya lo encare con un extrajudicial hacia la Cia de seguros del transporte, pero la penal? Si o si hasta pergamino?n Graciasssss
Hola!
Creo, por lo que interpreto del CPPBA, que deberías inciar las acciones por las lesiones en el lugar de hecho. Por ende, si lo que te interesa es seguir la causa, deberías presentar la denuncia en el luagr del hecho (Art. 29 del CPPBA)
Ahora, tenés que tener en cuenta también si la ruta por la que circulaban era Nacional o no, porque en dicho caso se aplica (a mi entender) el Art. 33 del CPPN, que establece los casos en los cuales se aplicara la Jurisdicción Federal, y en el Inc. d), establece que: Los (delitos) de toda especie que se cometan en lugares o establecimientos donde el gobierno nacional tenga absoluta y exclusiva jurisdicción, con excepción de aquellos que por esta ley quedan sometidos a la jurisdicción ordinaria de los jueces de instrucción de la Capital.
Saludos!