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  • Audiencia en divorcio art. 215 con o sin letrados patrocina?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #595934  por BarbaraBo
 
Tengo el primer proveído que fija la primer audiencia, ya que inicié un divorcio por el art. 215 y homologación de convenio, mi pregunta es si las partes deben acudir a dicha audiencia (conforme art. 236) con sus apoderados, o solos con su dni?????
El proveído dice: " conoforme lo prescripto por el art. 236 del cc, convócase a las partes a la audiencia del día ,.... agosto a las.... hs, a la que deberán comparecer personalmente y munidos de documento de identidad. Notifíquese.-"
Agradeceré sus respuestas
 #595940  por August
 
a la primera audiencia siempre hay que ir con letrado, en el caso de que alguna parte vaya sin letrado te dan un plazo de cinco dias para ratificar la firma con letrado, nunca me entere que no vayan los dos letrados
 #596029  por Paris
 
BarbaraBo escribió:Tengo el primer proveído que fija la primer audiencia, ya que inicié un divorcio por el art. 215 y homologación de convenio, mi pregunta es si las partes deben acudir a dicha audiencia (conforme art. 236) con sus apoderados, o solos con su dni?????
El proveído dice: " conoforme lo prescripto por el art. 236 del cc, convócase a las partes a la audiencia del día ,.... agosto a las.... hs, a la que deberán comparecer personalmente y munidos de documento de identidad. Notifíquese.-"
Agradeceré sus respuestas
En la mayoría de los casos, van con letrado, pero también me sucedió una vez que a pesar de que estábamos los dos letrados, sólo permitieron entrar a la audiencia a las partes y así quedó en el acta. De todas formas mi consejo es que vaya cada uno con su letrado que es lo que se requiere en la generalidad de los casos.
 #598959  por BarbaraBo
 
Quería comentarles que a la audiencia se debe acudir con letrados, sobre todo la primera, ya que la segunda se puede ir por medio de representante. Pero es fundamental ir con patrocinio, después depende de algunos tribunales si toman la segunda audiencia o no, si bien el código establece q se debe celebrar la misma, hay tribunales q toman solo una.
Se los comento porque a veces pasa q se pregunta algo y después no se sabe como terminó el asunto, y hay colegas a los cuales les puede servir la experiencia. En mi caso fui a la audiencia y la misma se celebró con la presencia de los letrados.

Besos para todos